Ayudas individualizadas a personas con discapacidad.

Código de ayuda:

S27373/18

Norma:

Orden de 28 de mayo de 2018. Resolución de 31 de mayo de 2018. Resolución de 19 de febrero de 2019. Resolución de 3 de junio de 2020. Resolución de 15 de junio de 2021. Resolución 15 de marzo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de abril de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de esta convocatoria es la tramitación de las ayudas individualizadas a personas con discapacidad en la Región de Murcia, aportaciones económicas que se conceden con carácter no periódico y se otorgan por una sola vez durante el ejercicio económico a personas afectadas por una discapacidad en grado igual o superior al 33%, que precisen determinados tratamientos, servicios, adquisición de instrumentos o ayudas especializadas.

Categorías Subvención

  • Minusválidos / Discapacitados
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los conceptos objeto de esta convocatoria y sus cuantías máximas son las siguientes:

Audífonos (máximo 2 unidades): hasta 3.000 €

Tratamiento bucodental: hasta 2.000 €

Grúa eléctrica hasta 1.200 €

Cama eléctrica/ articulada completa (incluye somier articulado, colchón articulado y barandillas): hasta 1.100 €

Gafas (1 unidad): hasta 300 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes las personas con discapacidad o sus representantes.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas que tengan reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33%, y no tengan acceso a otras ayudas de análoga naturaleza y para la misma finalidad.

Podrán ser perceptores:

Las personas solicitantes.

Los representantes de las personas con discapacidad.

Las personas físicas o entidades colaboradoras (Ayuntamientos, Fundaciones y Asociaciones sin fin de lucro) designadas por la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social, al objeto de garantizar la adecuada utilización del importe de la ayuda concedida al beneficiario.

Requisitos:

Para ser beneficiarias de estas ayudas, las personas solicitantes deberán reunir los requisitos y condiciones establecidas en los artículos 3 al 7 de la Orden 28 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se establecen las normas reguladoras de estas ayudas.

Para la valoración de la situación socio-económica de la unidad de convivencia se aplicará el baremo publicado en la presente Resolución como anexo I.

En el supuesto de que la persona solicitante esté ingresada en un centro residencial, pero no esté empadronada en dicha residencia, se computará junto a los miembros de su unidad familiar con los que figure empadronada.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2018
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Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 25/06/2018
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Boletín: 25/02/2019
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Documento: Convocatoria 2019 y Anexos: adaptación funcional del hogar Descargar Documento
Boletín: 25/02/2019
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 46
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos: adquisición de ayudas técnicas Descargar Documento
Boletín: 10/06/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 132
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BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 140
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