Ayudas destinadas a subvencionar los costes por la compra de productos a base de saponinas en la lucha contra el caracol manzana en el delta del Ebro.

Código de ayuda:

S45900/19

Norma:

ORDEN ARP/132/2017, de 21 de junio. ORDEN ARP/135/2019, de 10 de julio. RESOLUCIÓN ARP/2125/2019, de 17 de julio. RESOLUCIÓN ARP/1085/2020, de 18 de mayo. ORDEN ARP/168/2020, de 6 de octubre. RESOLUCIÓN ARP/2691/2020, de 28 de octubre. ORDEN ACC/123/2021, de 3 de junio. RESOLUCIÓN ACC/2503/2021, de 7 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de noviembre de 2021, incluido.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas que establece la Orden es contribuir a la financiación de los gastos de la compra de productos a base de saponinas en la lucha contra el caracol manzana en el delta del Ebro de acuerdo con el artículo 26.8 b) del Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no puede ser superior al 33% de la base imponible que conste en la factura.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado aunque no tenga personalidad jurídica que sean titulares de explotaciones agrícolas situadas en el delta del Ebro y cumplan los requisitos siguientes:

a) Haber comprado y pagado en el período que fije la convocatoria de la ayuda alguno de los productos a base de saponinas autorizados en el cultivo del arroz de forma excepcional por la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

b) Tener los campos objeto de tratamiento afectados por la plaga del caracol manzana en el momento de la
compra.

c) Tener la condición de PYME de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo 1 del Reglamento (UE)
702/2014.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A los efectos de estas bases, se considera gasto subvencionable la compra de un producto o productos a
base de saponinas por parte de las personas titulares de explotaciones agrícolas situadas en el delta del Ebro efectuada en el periodo que establezca la convocatoria correspondiente.

Se considera que el gasto de la compra del producto o productos a base de saponinas ha sido realizado
cuando haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.

Requisitos:

Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las personas solicitantes deben cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los siguientes:

a) La cuenta donde se debe ingresar el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud debe pertenecer a la persona beneficiaria de la ayuda.

b) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la
misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

c) En caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir la cuota legal de reserva de puestos de trabajo enla plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.

d) En caso de empresas de plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y
detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

e) No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 2.14 del Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión.

f) En caso de realización de la actividad objeto de la subvención utilizando cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor: cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

g) Cuando se trate de personas físicas empresarias: estar dada de alta en el censo del Impuesto sobre
Actividades Económicas en aquellos supuestos en que sea obligatorio.

h) Cuando se trate de entidades sin ánimo de lucro: estar inscritas en el registro correspondiente.

i) En caso de contar con centros laborales: cumplir la normativa de política lingüística haciendo constar, al menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo que contengan texto que deben figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan en ellos.

j) En caso de contar con centros y establecimientos abiertos al público: cumplir la normativa de política
lingüística atendiendo a los consumidores en cualquiera de las lenguas oficiales de Catalunya y redactando, al menos en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público.

k) En el caso de líneas de ayudas en que las personas beneficiarias puedan ser fundaciones: cumplir el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado.

l) En el caso de líneas de ayudas en que la persona beneficiaria pueda ser una asociación o una fundación:

tener los estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Catalunya, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012. En el caso de fundaciones, además, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336.3 del libro tercero del Código civil de Catalunya, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.

m) En el caso de agrupación de personas físicas o jurídicas, no podrá disolverse hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción previstos en el artículo 100.4 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

n) No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

o) En el caso de empresas y entidades, no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas
discriminatorias por razón de sexo o de género. En el caso de empresas de más de 150 trabajadores, además, disponer de un plan de igualdad entre mujeres y hombres de acuerdo con el artículo 1 del Real decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo y el empleo.

p) En el caso que la ayuda subvencione actividades que impliquen contacto habitual con menores, disponer de las certificaciones legalmente establecidas, o haberlas solicitado antes de la resolución de concesión, para acreditar que el personal de la empresa o entidad que solicita la ayuda no ha sido condenado por sentencia firme por delito contra la libertad e indemnidad sexual, y que, en caso que cambie alguna persona adscrita al proyecto o la actividad subvencionados, se compromete a realizar la comprobación oportuna respecto al caso.

q) Las personas solicitantes de estas ayudas deben adherirse al código ético que figura como anexo 3.

Documentos asociados

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