Ayudas a la Iniciativa Comunitaria EQUAL en el País Vasco.
Código de ayuda:
S11100/04Norma:
Orden de 7 de abril de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/05/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover en la Comunidad Autónoma del País Vasco la participación en el Programa de la Iniciativa Comunitaria EQUAL, en su segunda fase.Desarrollar, en el ámbito de una cooperación transnacional, la promoción de nuevos métodos de lucha contra las discriminaciones y desigualdades de toda clase en relación con el mercado de trabajo teniendo en cuenta, asimismo, la integración social y laboral de los/las solicitantes de asilo.
Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Empleo
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Formación
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Debido a su carácter complementario, se establece un límite de financiación del 15% de la dotación económica del Programa para las actuaciones relativas al FEDER, FEOGA e IFOP.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
A través de acuerdos establecidos a escala geográfica (de un territorio geográfico determinado) o sectorial (sector económicoo grupos específicos) que se denominarán Agrupaciones de Desarrollo, con o sin personalidad jurídica propia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos de Iniciativa EQUAL actuarán dentro de un área temática elegida, de entre las seleccionadas por el Estado español que figuran en el Programa de Iniciativa Comunitaria, que son las siguientes:a) Facilitar el acceso y la reincorporación al mercado de trabajo de las personas que sufren dificultades para integrarse o reintegrarse en un mercado de trabajo que debe estar abierto a todos.
b) Combatir el racismo y la xenofobia en relación con el mercado de trabajo.
c) Abrir el proceso de creación de empresas a todos, proporcionando los instrumentos necesarios para la creación de empresas y para la identificación y explotación de nuevas posibilidades para la creación de empleo en las zonas urbanas y rurales.
d) Apoyar la adaptabilidad de las empresas y los/as trabajadores/as a los cambios económicos estructurales y al uso de las tecnologías de la información y otras nuevas tecnologías.
e) Conciliar la vida familiar y profesional así como reintegrar a los hombres y a las mujeres que han abandonado el mercado de trabajo mediante el desarrollo de formas más flexibles y efectivas de organización del trabajo y servicios de apoyo.
f) Reducir los desequilibrios entre hombres y mujeres y apoyar la eliminación de la segregación en el trabajo.
Los gastos de los proyectos en el ámbito de las fases siguientes:
a) Primera fase: Fase de perfeccionamiento del proyecto:
Formalización de las Agrupaciones de Desarrollo y revisión de los programas de trabajo, a realizar en un plazo máximo de 4 meses, a contar a partir de la notificación de la aprobación por el Fondo Social Europeo; búsqueda de socios y conclusión de los Acuerdos de Cooperación Transnacional, a ejecutarse en el plazo máximo de 7 meses a contar a partir de la notificación de la aprobación por el Fondo Social Europeo.
b) Segunda fase: Ejecución de los programas de trabajo nacional y transnacional de las Agrupaciones de Desarrollo, que abarcará hasta el 31 de diciembre de 2007.
Requisitos:
Se entiende por Agrupación de Desarrollo aquellas asociaciones estratégicas de agentes, con o sin personalidad jurídica, que trabajan en cooperación con el fin de determinar los factores que conducen a la desigualdad y la discriminación en relación con el mercado de trabajo, dentro del área temática elegida por ellos con el compromiso de compartir esfuerzos y recursos en la búsqueda de soluciones innovadoras a los problemas definidos de común acuerdo y, en definitiva, persigan los mismos objetivos definidos en el proyecto.Las Agrupaciones de Desarrollo deberán poseer un núcleo de socios desde el primer momento garantizándose la participación de los agentes pertinentes tales como autoridades públicas, servicios públicos de empleo, organizaciones no gubernamentales, organismos y/o agentes de igualdad de oportunidades, el sector empresarial (en particular las pequeñas y medianas empresas) y los interlocutores sociales.
Uno de dichos agentes se constituye en solicitante con capacidad para gestionar y responsabilizarse de la subvención pública y de las obligaciones administrativas y financieras.
Documentos asociados
Boletín:
19/04/2004
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 72
Documento: Programa / Plan Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 72
Documento: Programa / Plan Descargar Documento