Ayudas a Corporaciones Locales para actividades culturales que fomenten la comunicacion cultural.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S33282/12

Norma:

Resolucion de 31 de agosto de 2012. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. Resolución de 12 de abril de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos culturales de carácter interdisciplinar y ámbito supraautonómico que organicen las entidades locales solicitantes en su propio territorio.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima individual de las ayudas será la necesidad de financiación declarada por el solicitante, que no podrá superar el 70 % del coste total estimado del proyecto. El 30 % restante del coste estimado del proyecto se podrá financiar tanto con fondos propios y ayudas privadas o públicas compatibles, como a través de la participación de terceros en virtud de convenios de coproducción, patrocinio directo, etc., debiendo quedar debidamente acreditada su cuantía.

En ningún caso la ayuda concedida para cada proyecto podrá superar la cantidad de 50.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las corporaciones locales, organismos y entidades que dependan íntegramente de ellas. Asimismo, podrán solicitar ayuda las agrupaciones de corporaciones locales, organismos y entidades que dependan íntegramente de ellas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Artes escénicas.

B. Música y lírica.

C. Encuentros literarios.

D. Exposiciones itinerantes.

E. Muestras o ciclos itinerantes de cine español.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades en quienes concurran algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), ni las agrupaciones previstas en el articulo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, cuando concurran alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros.

En todo caso, los solicitantes presentarán una declaración responsable de no hallarse incurso en estas circunstancias.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/09/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 216
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/04/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 98
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento