Subvenciones para ejecutar proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S37964/16

Norma:

Resolución de 27 de septiembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de octubre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es la realización de proyectos y actividades de sensibilización y educación para el desarrollo que se lleven a cabo en las Illes Balears para impulsar los valores de la solidaridad, la tolerancia, la equidad y la justicia en el ámbito de la comunidad balear.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Servicios Sociales y Cooperación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe máximo que se puede solicitar para cada proyecto es de 25.000,00 € (veinticinco mil euros).

2. En todos los casos se puede solicitar una subvención equivalente al 100 % del presupuesto total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

De conformidad con lo que establece el artículo 4.2 b del Decreto 115/2010, pueden ser beneficiarias de las subvenciones que prevé esta convocatoria las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, radicadas en las Illes Balears, que lleven a cabo actividades en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad, concretamente actuaciones dirigidas a la sensibilización y educación para el desarrollo.

Se entiende por radicadas en las Illes Balears que estén inscritas en el Registro de Asociaciones o en el Registro de Fundaciones de las Illes Balears o, en caso de que estén inscritas en un registro de ámbito estatal, que dispongan de una sede o delegación permanente y activa en las Illes Balears. Se entiende para disponer de delegación permanente y activa tener sede social o delegación con establecimiento permanente en las Illes Balears, y disponer de un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en las Illes Balears que pueda asumir la responsabilidad directa de los proyectos o las actuaciones por los cuales se solicita la subvención, así como estar en condiciones de facilitar en cualquier momento a la Dirección General de Cooperación cualquier aclaración, información y documentación sobre la contabilidad y la gestión del proyecto durante las fases de seguimiento, ejecución y justificación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Actividades dirigidas a incrementar la presencia de la educación para el desarrollo en los ámbitos de la educación formal, no formal e informal, para generar una conciencia crítica mediante actividades programadas y materiales didácticos adecuados, que promuevan los valores y las actitudes solidarias hacia los pueblos del mundo, el conocimiento y el análisis de las causas de las desigualdades entre países y de los conflictos, el respeto y la defensa de la diversidad cultural, los derechos humanos y la paz.

b. Actividades dirigidas a la mejora cualitativa de la formación de los agentes de educación para el desarrollo: cursos, seminarios, jornadas y otros, destinados a la población en general o a colectivos específicos, al voluntariado de la misma organización o de varias ONG de las Illes Balears, conjuntamente, mediante actividades programadas y materiales didácticos adecuados.

c. Actividades de sensibilización, educación y concienciación dirigidas a divulgar valores de equidad, justicia, tolerancia y solidaridad a la población balear. Se trata de llevar a cabo campañas, actos puntuales y cualesquiera otras actividades que favorezcan una mejor percepción, por parte de la sociedad de las Illes Balears, de la situación sociocultural, política, económica y ambiental de los países en desarrollo, y también de las causas que provocan estas situaciones y las desigualdades entre países.

Requisitos:

a. Estar válidamente constituidas de conformidad con la normativa vigente e inscritas en el registro correspondiente. Hace falta que la constitución legal de la entidad y la presencia efectiva en las Illes Balears se hayan producido como mínimo dos años antes de la publicación de esta convocatoria.

b. Disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención en el momento de la publicación de esta convocatoria.

c. Tener entre los objetivos la realización de actividades y proyectos relacionados con la cooperación para el desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.

d. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

e. En el caso de fundaciones, estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones contables con el Protectorado en el momento de presentar la solicitud.

f. No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.

g. No incurrir en ninguna de las prohibiciones que establece el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

h. No haber sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

i. Haber justificado suficientemente, en su caso, las subvenciones o las ayudas recibidas anteriormente del Gobierno de las Illes Balears.

Documentos asociados

Boletín: 29/09/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 124
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento