Ayudas de alojamiento para fomentar la integración de los nuevos estudiantes de la Universidad de las Illes Balears en la vida académica del campus universitario durante el curso 2016-2017.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S32855/16

Norma:

Palma, 30 de junio de 2009. Resolución 26 de julio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de Septiembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Resolución es aprobar la convocatoria y el procedimiento de concesión de ayudas de alojamiento en la residencia de estudiantes de la Universidad de las Illes Balears para el curso 2016-2017.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación, Universidad e Investigación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A esta convocatoria se destina un máximo de 35.928,00 euros, con la distribución por anualidades siguiente:

- Año 2016: 11.976,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 13801.421F01.48000.00.

- Año 2017: 23.952,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 13801.421F01.48000.00 o la partida equivalente del presupuesto del ejercicio de 2017, siempre que haya crédito adecuado y suficiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden beneficiarse de las ayudas previstas en esta Resolución las personas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Dos becas para alumnos de Menorca.

- Dos becas para alumnos de Eivissa.

- Dos becas para alumnos de Formentera.

- Dos becas para alumnos de Mallorca residentes en alguno de los municipios siguientes: Pollença, Alcúdia, Muro, Santa Margalida, Artà, Capdepera, Son Servera, Sant Llorenç, Manacor, Felanitx, Santanyí y ses Salines.

Requisitos:

a) Los solicitantes tienen que tener la nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias tienen que acreditar la condición de residentes.
Quedan excluidas en concurrir las que se encuentren en situación de estancia.

b) Tienen que cursar en la Universidad de las Illes Balears 42 créditos o más del primer curso de una única titulación universitaria oficial de grado durante el año académico 2016-2017. En el caso de solicitantes que cursen estudios correspondientes a una programación conjunta de enseñanzas oficiales (PCEO) o doble grado, los créditos pueden ser de cualquiera de las dos titulaciones que componen la PCEO.

c) Tienen que tener el domicilio familiar en cualquier municipio de las islas de Menorca, Eivissa o Formentera. En el caso de solicitantes de Mallorca, tienen que tener el domicilio familiar en cualquiera de los municipios siguientes: Pollença, Alcúdia, Muro, Santa Margalida, Artà, Capdepera, Son Servera, Sant Llorenç, Manacor, Felanitx, Santanyí y ses Salines. A este efecto, se entiende que tienen el domicilio familiar en las Illes Balears las personas que tienen vecindad administrativa en cualquiera de los municipios mencionados.

Documentos asociados

Boletín: 18/08/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 105
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento