Ayuda destinada a financiar las cuotas a ingresar por el convenio especial que tengan suscrito o suscriban con la Seguridad Social los trabajadores de 55 años o más que provengan de empresas en crisis con extinción de sus contratos de trabajo por declaración de insolvencia de la empresa o procedimiento concursal.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S21164/16

Norma:

ORDEN EMP/582/2016, de 22 de junio. Orden de 7 de julio de 2016. ORDEN EMP/229/2017, de 22 de marzo

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de agosto de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar, en el ámbito de Castilla y León, las cuotas a ingresar por el convenio especial previsto en la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social, que tengan suscrito o suscriban los trabajadores.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía mensual de la línea de ayuda será el importe de la cuota a abonar por el convenio especial a la Tesorería de la Seguridad Social, con el límite de 500 euros mensuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los trabajadores con 55 años o más de edad que provengan de empresas en crisis con extinción de sus contratos de trabajo por declaración de insolvencia de la empresa o procedimiento concursal.

Requisitos:

a) Que su último contrato de trabajo se haya extinguido por proceder de una empresa en crisis, debiendo estar el centro trabajo donde prestaba los servicios ubicado en Castilla y León. A los efectos de esta línea de ayuda se entenderá como empresa en crisis aquella que haya sido declarada insolvente o en situación concursal.

b) Tener agotada la prestación contributiva por desempleo.

c) Tener suscrito o comprometerse a suscribir convenio especial con la Seguridad Social conforme a lo dispuesto en la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social, en los términos establecidos en la Base Quinta de la presente orden y en la correspondiente convocatoria.

Todo ello sin perjuicio de las competencias de la Tesorería de la Seguridad Social, a los efectos de que efectivamente proceda la suscripción de dicho convenio.

d) Que cuente con 55 años o más años de edad.

e) Que la antigüedad en la empresa de la que proceda sea de un mínimo de tres años.

f) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 24/06/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 121
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 18/07/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 137
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 18/07/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 137
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 03/04/2017
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 64
Documento: Modificación Bases Descargar Documento