Subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S20828/16

Norma:

ORDEN TAS/3501/2005, de 7 de noviembre. Resolución de 8 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación presupuestaria del Estado de Gastos del Presupuesto del SCE para el año 2016: Aplicación Presupuestaria 50.01.241K.470.00; proyecto 50400049 “Fomento del emprendimiento social”, por importe de ciento veintitrés mil ciento cincuenta (123.150,00) euros. La actuación estará cofinanciada en un 85% por el Programa Operativo de Canarias Fondo Social Europeo 2014-2020 con cargo al Eje Prioritario 1 Prioridad de Inversión 8.1 Objetivo Específico 8.1.3 “Aumentar la contratación de carácter estable de las personas desempleadas y/o demandantes de empleo, incluyendo las de larga duración y aquellas de más edad”.

El importe de la subvención vendrá determinado por el colectivo al que pertenezca el socio trabajador o de trabajo que se incorpora a la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre. En el caso de que la incorporación sea a jornada completa, el importe de la subvención será:

5.500,00 euros si la persona incorporada pertenece a los colectivos de los apartados a), b), c), d) y h). Si la persona que se incorpora es una mujer el importe de la subvención será de 7.000,00 euros.

7.000,00 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo e).

10.000,00 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo f).

8.000,00 euros si la persona incorporada pertenece al colectivo g).

Cuando la jornada de trabajo sea a tiempo parcial el importe de la subvención será proporcional a la duración de la jornada.

Las subvenciones concedidas se harán efectivas de una sola vez previa justificación y una vez notificada la resolución de concesión definitiva. No podrá realizarse el pago en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudora por resolución firme de procedencia de reintegro.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las cooperativas y sociedades laborales de Canarias.

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 270
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/06/2016
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 23/06/2016
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 120
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento