Ayudas de minimis para los proyectos de artes escenicas profesionales.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S20782/16

Norma:

Resolución, 14 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se pueden acoger a esta convocatoria de ayudas de minimis las solicitudes de las personas físicas, constituidas como autónomos o empresarios individuales, o de las personas jurídicas, constituidas como empresas, que tengan por objeto llevar a cabo en Mallorca proyectos de artes escénicas realizados dentro de este período: del 16 de septiembre de 2015 al 30 de septiembre de 2016, con las condiciones y los
requisitos que se indican en las líneas establecidas en la base siguiente.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Departamento de Cultura y Patrimonio (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de alguna de las líneas establecidas en la base anterior, las personas jurídicas constituidas como empresas, y las físicas constituidas como autónomos o empresarios individuales, con personalidad jurídica propia, que cumplan, por un lado, los requisitos generales y, por otro, los requisitos específicos de aquella línea que les corresponda.

Requisitos:

- Llevar a cabo, de acuerdo con su objeto social o finalidades, la realización de proyectos de artes escénicas.

- Estar legalmente constituidos al acabar el periodo de presentación de solicitudes.

- Tener un domicilio o el establecimiento permanente en Mallorca.

- Estar dado de alta el año 2016 en el epígrafe que corresponde del censo tributario o registro pertinente del IAE.

- Y además, para los beneficiarios de la convocatoria del año pasado, haber llevado a cabo, como mínimo, el siguiente número de funciones del espectáculo cuya producción se subvencionó:

A) 10 funciones para los beneficiarios de la línea 1 de la convocatoria de 2015

B) 10 funciones para los beneficiarios de la línea 2 de la convocatoria de 2015

C) 15 de funciones para los de la línea 3 de la convocatoria de 2015. No obstante, en el caso de producciones de 6 o más actores, el número mínimo de funciones exigido es de10.

Documentos asociados

Boletín: 23/06/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 80
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento