Subvenciones para la contratación de guardas de caza en los cotos de Navarra desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de octubre de 2016.

Código de ayuda:

S15419/16

Norma:

RESOLUCIÓN 358/2016, de 28 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de junio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria de ayudas es regular las ayudas a los titulares del aprovechamiento cinegético o los titulares de los cotos de caza responsables de su gestión para sufragar parte de los gastos derivados de la contratación de guardas de caza, desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de octubre de 2016.

Mediante estas ayudas se pretende contribuir a la presencia estable de guardas de caza en los acotados con el fin de dotarlos de la vigilancia necesaria para el buen estado de conservación de las especies cinegéticas y del acotado, sirviendo de enlace entre la Administración, cazadores y agricultores, realizando el control y prevención de los daños a la agricultura, y llevando a cabo un control y seguimiento de especies cinegéticas de acuerdo a los criterios de gestión sostenible. La Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, indica en su artículo 52 (medidas de fomento de la actividad cinegética), que el Gobierno de Navarra podrá establecer ayudas de carácter económico para el establecimiento de un sistema de guarderío.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria es 108.811 euros para asociaciones locales de cazadores.

La cuantía máxima de la subvención por guarda es la siguiente:

–Un 40% del sueldo (excluido las cotizaciones a la seguridad social de la empresa) del citado periodo, fijándose un máximo a subvencionar de 8.000 euros por guarda.

–En el caso de que el contrato sea de prestación de servicios con un número de horas anuales de trabajo, la cuantía a subvencionar será del 40% del importe que figure en el contrato (excluido el IVA) correspondiente
al periodo establecido en la convocatoria, fijándose un máximo a subvencionar de 6,80 euros por hora y de 8.000 euros por guarda.

La cuantía máxima de la subvención por beneficiario será de 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrá ser beneficiario de las ayudas previstas en esta Resolución las asociaciones locales de cazadores cuando tengan adjudicado directamente por las Entidades Locales titulares de los cotos el aprovechamiento de la caza.

También las asociaciones locales de cazadores que ostenten la titularidad de cotos de caza privados y el aprovechamiento cinegético sea realizado por las mismas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables los gastos derivados de la contratación de guardas de caza por parte de los acotados, desde el 1 de noviembre de 2015 hasta el 31 de octubre de 2016.

Requisitos:

1. Que el coto tenga aprobado, o en fase de elaboración o revisión para su aprobación, un Plan de Ordenación Cinegética adecuado a la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra.

2. Que según la información existente en el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, el titular del aprovechamiento cinegético presente un funcionamiento correcto de acuerdo con la normativa vigente en materia de caza (Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra) y de protección de la fauna silvestre y sus hábitats (Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats). En este sentido no podrán acogerse a estas ayudas las Asociaciones Locales de Cazadores que estén sancionadas para el ejercicio de la actividad cinegética en el momento de presentar la solicitud, salvo que se haya conmutado la sanción impuesta por la prestación ambiental sustitutoria.

3. Que el coto no tenga pendiente deuda alguna con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

4. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

5. La persona encargada de las labores de guarderío del coto deberá estar en posesión del título y acreditación como Guarda de Caza de Navarra según la Orden Foral 94/2012, de 4 de septiembre, y no estará inhabilitado para el ejercicio de actividades relacionadas con la caza.

6. El servicio de guarderío de caza en un coto podrá ser individual o compartido entre varios cotos, siendo la vigilancia mínima requerida la siguiente:

–En los cotos situados en la zona sur de caza, la vigilancia mínima será la equivalente a la de un guarda a dedicación plena por cada 15.000 hectáreas. Medido en horas anuales de actuación del guarda, será el resultado de multiplicar la superficie del terreno en hectáreas por 0,12 (120 horas al año por cada 1.000 hectáreas).

–En los cotos situados en la zona norte de caza, la vigilancia mínima será la equivalente a la de un guarda a dedicación plena por cada 25.000 hectáreas. Medido en horas anuales de actuación del guarda, será el resultado de multiplicar la superficie del terreno en hectáreas por 0,07 (70 horas al año por cada 1.000 hectáreas).

El guarda del coto podrá desempeñar otras tareas de vigilancia dentro del término o términos municipales que incluyan al acotado siempre que la dedicación a la caza cumpla con los requisitos mínimos establecidos
anteriormente.

7. El contrato deberá ser, al menos, por un período de un año. En el caso de presentar un contrato de prestación de servicios, se deberá indicar en el mismo el periodo de duración, el número de horas contratadas para un año y el importe de la contratación. El guarda de caza deberá repartir sus tareas en el coto o cotos donde desempeñe sus funciones a lo largo de todo el año.

8. En el contrato se especificarán, entre las funciones a desarrollar por el personal que deba de ser contratado, las relacionadas con los siguientes apartados:

–Control administrativo de datos cinegéticos.

–Enlace con la Administración, cazadores y agricultores.

–Manejo de daños (control y prevención).

–Control y seguimiento de las poblaciones de especies cinegéticas.

–Control de predadores.

–Manejo de hábitats.

–Mantenimiento de palomeras, en sus distintos aspectos (limpieza, control ubicación, estado...).

–Colaborar con la Administración cuando se le requiera para facilitar la gestión cinegética.

–Asistir a los cursos de formación dirigidos a los guardas de campo con especialidad en caza organizados por la Administración Pública de la Comunidad Foral de Navarra.

En el caso de agruparse varios cotos para la contratación de un guarda de caza, estos requisitos afectarían a cada uno de los acotados agrupados.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2016
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 97
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 20/05/2016
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 97
Documento: Extracto Convocatoria 2016 Descargar Documento