Ayudas económicas para el alumnado que realiza formación práctica en centros de trabajo.

Código de ayuda:

S15337/16

Norma:

ORDEN de 28 de abril de 2016.

Plazo de Solicitud:

Del 21/05/2016 al 20/06/2016 y del 14/10/2016 al 14/11/2016

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas económicas para la realización de la formación práctica en centros de trabajo (FCT) en régimen de concurrencia no competitiva.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de las ayudas económicas se efectuará con cargo al concepto presupuestario 10.50.422M.480.0 dentro del ejercicio presupuestario del año 2016, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, hasta un importe máximo de 514.000 € (quinientos catorce mil euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrá concurrir a esta convocatoria el alumnado matriculado en centros públicos de esta comunidad autónoma y, en el caso de centros privados, el alumnado matriculado en enseñanzas concertadas con la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que esté cursando el último curso de un ciclo formativo de grado profesional básico, grado medio o grado superior de Formación Profesional Inicial, Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas Deportivas y Programas Formativos.

Requisitos:

1. Podrá concurrir a esta convocatoria el alumnado matriculado en centros públicos de esta comunidad autónoma y, en el caso de centros privados, el alumnado matriculado en enseñanzas concertadas con la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que esté cursando el último curso de un ciclo formativo de grado profesional básico, grado medio o grado superior de Formación Profesional Inicial, Artes Plásticas y Diseño, Enseñanzas Deportivas y Programas Formativos.

2. El alumnado que concurra a esta convocatoria de ayudas deberá terminar el período de formación práctica en centros de trabajo antes del 31 de diciembre de 2016.

3. No podrá tener la condición de beneficiario de las ayudas previstas en esta orden el alumnado que incurra en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

4. El/la solicitante debe cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma según indica el artículo 11 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 25
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/05/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento