Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria, y Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en elmercado ordinario de trabajo.- Convocatoria para el año 2016.

Código de ayuda:

S00519/16

Norma:

ORDEN de 29 de diciembre de 2015. ORDEN de 13 de enero de 2016. ORDEN de 1 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Varios. Consultar artículo 6º.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria, para el año 2016 de las subvenciones establecidas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria para la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria, a través de los siguientes programas:

a) Programa de fomento de la contratación de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria (capítulo II).

b) Programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo (capítulo III).

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Programa de fomento de la contratación de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria: los empleadores y las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos personas trabajadoras autónomas, sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten a trabajadores y trabajadoras con discapacidad para prestar servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo: Podrán promover proyectos de empleo con apoyo, y ser beneficiarios de las correspondientes subvenciones reguladas en esta orden, las siguientes entidades:

1. Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que subscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad a las que se les va a prestar el empleo con apoyo y que cumplan los requisitos establecidos.

2. Los centros especiales de empleo, calificados e inscritos como tales en el registro correspondiente, que subscriban un convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo.

3. Las empresas del mercado ordinario de trabajo, incluidos los trabajadores y trabajadoras autónomos, que contraten a las personas trabajadoras con discapacidad beneficiarias de dichas acciones siempre que cuenten en su plantilla con preparadores y preparadoras laborales especializados que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 36 o se comprometan a incorporarlos, y que dispongan de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo idóneo de los programas de empleo con apoyo.

Las personas destinatarias finales de los programas regulados en esta orden serán las personas con discapacidad desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo como demandantes de empleo no ocupadas, así como las personas trabajadoras con discapacidad, incluidas las procedentes de centros especiales de empleo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa de fomento de la contratación de las personas con discapacidad en la
empresa ordinaria:

a) Subvención por la contratación indefinida.

b) Subvención por la contratación indefinida de trabajadores y trabajadoras con discapacidad de un enclave laboral.

c) Subvención por la contratación temporal.

d) Subvención por la contratación de personas con discapacidad en el marco de proyectos de empleo con apoyo.

Programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/01/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Anexos y Ampliación plazo solicitudes Descargar Documento
Boletín: 07/12/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 233
Documento: Ampliación del crédito Descargar Documento