Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos de voluntariado ambiental.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S37955/15

Norma:

ORDEN de 6 de agosto de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/09/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, a las que podrán acogerse las entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen, desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de mayo de 2016, proyectos de voluntariado ambiental en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será como máximo del 100% de las partidas de gasto aceptadas conforme a lo establecido en el artículo 9 y no podrá exceder de la cantidad de 10.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones u otras entidades privadas sin ánimo de lucro, no participadas por Administraciones públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran objeto de subvención los proyectos que contemplen acciones directas sobre el entorno físico, desarrolladas por voluntarios y voluntarias ambientales de manera libre, altruista y sin ánimo de lucro y coordinadas por las entidades beneficiarias con objeto de mejorar y proteger aquel entorno, enmarcadas en alguno de los siguientes ámbitos de actuación:

a) Medio natural: conservación de ecosistemas (ríos, bosques, cuevas, cumbres, litoral, zonas húmedas, así como otros hábitats); mantenimiento y recuperación del paisaje; colaboración en tareas de investigación de especies de flora y fauna y uso público del medio natural. No serán objeto de subvención los proyectos de eliminación de especies invasoras, a no ser que constituyan acciones que específicamente se contemplen como susceptibles de realizarse mediante voluntariado en un plan de control aprobado por los organismos competentes.

b) Espacios naturales protegidos: además de los recogidos en el apartado anterior, colaboración en mantenimiento de recursos (senderos, equipamientos,...).

c) Medio ambiente urbano: mejora de la calidad ambiental de la ciudad, acciones en espacios verdes urbanos y periurbanos, fomento de la sostenibilidad urbana (movilidad, residuos, energía, consumo, así como cualquier otro ámbito de intervención), colaboración en tareas de investigación para el conocimiento de la flora y fauna de pueblos y ciudades.

d) Conservación de variedades y especies vegetales autóctonas a través de bancos de semillas o viveros.

e) Colaboración en tareas de investigación y conservación de especies de flora y fauna protegidas y amenazadas, y de sus hábitats.

Requisitos:

1.– Las entidades solicitantes deberán encontrarse inscritas en el Censo General de Organizaciones de voluntariado del Gobierno Vasco con una antelación de al menos un año desde la fecha de publicación de la presente Orden.

2.– Las entidades beneficiarias habrán de regirse por la Ley 17/1998, de 25 de junio, del Voluntariado.

3.– Las entidades beneficiarias deberán estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 17/08/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 154
Documento: Bases y Convocatoria 2015 Descargar Documento