Ayudas a los grupos de acción local para gastos preparatorios de las estrategias de desarrollo local participativo en el periodo 2014-2020.- Convocatoria 2015.- Modificación.

Código de ayuda:

S25264/15

Norma:

ORDEN de 5 de mayo de 2015. ORDEN DRS/798/2016, de 26 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La creación de capacidades, la formación y el establecimiento de redes para la preparación y puesta en práctica de una estrategia de Desarrollo Local Participativo (DLP).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda tiene carácter de subvención directamente aplicable a los gastos ocasionados por la preparación y puesta en funcionamiento de las estrategias de DLP, y podrá llegar al 100% del gasto elegible convenientemente justificado.

2. La ayuda solicitada por cada Grupo no podrá rebasar en ningún caso la cuantía de 90.000 euros. En caso de que los gastos justificados superen la dotación aprobada, el propio Grupo se hará cargo del sobrecoste.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Grupos que cumplan los requisitos siguientes:

a) Haber sido seleccionado como Grupo candidato para desarrollar una estrategia de DLP como resultado del procedimiento aprobado por la Orden de 28 de enero de 2015, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) Comprometerse a destinar las dotaciones financieras asignadas exclusivamente a la preparación de la estrategia de DLP.

d) Disponer de los medios materiales y humanos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada, tanto técnica como económicamente, las tareas correspondientes.

e) Disponer de una cuenta corriente única para los gastos del periodo 2014-2020.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos, siempre que sean imputables al periodo comprendido entre la fecha en que el Grupo haya recibido la notificación de su selección de acuerdo con la Orden de 28 de enero de 2015, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y la fecha de firma de convenio de colaboración entre el Grupo y la Administración de la Comunidad Autónoma para la puesta en marcha de la estrategia de DLP:

1. Formación para las partes interesadas locales: gastos derivados de la formación del personal implicado en la preparación y ejecución de la estrategia de DLP.

2. Costes relacionados con la elaboración de la estrategia de DLP, incluidos estudios relativos a la zona en cuestión, costes de consultoría y costes derivados de consultas con las partes interesadas. Para considerar subvencionable una asesoría técnica, deberá justificarse que resulta necesaria para una adecuada ejecución de la estrategia y que su objeto está directamente relacionado con ella, que ha sido contratada dentro del plazo y en la forma apropiada, y que sus costes han sido presupuestados y aprobados.

3. Gastos administrativos (costes de funcionamiento y de personal) del Grupo durante la fase de preparación, que se dividirán en:

a) Los gastos salariales correspondientes al equipo técnico del Grupo, con las retribuciones máximas de 39.641,56 euros para el gerente con dedicación exclusiva y 39,5 horas semanales, y de 30.758,36 euros para el personal técnico con dedicación exclusiva y 39,5 horas semanales.

A estos efectos se entenderá por dedicación exclusiva el ejercicio profesional del trabajador únicamente para el Grupo en el que trabaja, por lo que otras actividades profesionales serán incompatibles, con las excepciones que se señalan en el anexo II.

En caso de que la dedicación no sea exclusiva, las retribuciones máximas serán de 34.753,58 euros para el gerente y de 27.572,90 euros para el personal técnico, en ambos casos por 37,5 horas semanales.

En caso de dedicación parcial, las retribuciones establecidas anteriormente se reducirán de manera proporcional al tiempo dedicado.

b) Gastos de bienes corrientes y servicios: alquiler, suministros exteriores (agua, luz, gas, comunicaciones u otros similares), correos y mensajería, mantenimiento de espacios (incluida la limpieza), reparaciones, material fungible de oficina y publicidad.

En caso de telefonía fija, la línea contratada a nombre del Grupo. En caso de telefonía móvil, las líneas contratadas a nombre del Grupo y utilizadas por personal contratado por el Grupo, para las que se justifique el uso.

c) Gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento del equipo técnico y del órgano ejecutivo del Grupo dentro del territorio vinculado a la estrategia de DLP, debidamente justificados y documentados, y con los siguientes importes máximos: gastos por kilometraje, 0,19 euros/km; comida y cena, 37,40 euros; comida o cena, 18,70 euros; y alojamiento, 65,97 euros.

4. Todos los gastos anteriores deberán ser realizados en el territorio vinculado a la estrategia de DLP del Grupo, si bien excepcionalmente se podrán subvencionar gastos fuera de dicho territorio, tales como la asistencia a reuniones de trabajo o similares.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/06/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 103
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 04/08/2016
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 150
Documento: Modificación Descargar Documento