Subvenciones para la promoción y fomento de comunidades originarias de Castilla-La Mancha y casas regionales de otras comunidades o ciudades autónomas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S23373/15

Norma:

Orden de 05/05/2015. Resolución de 12/05/2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de actividades de promoción social, laboral y cultural desarrolladas por las comunidades originarias de Castilla-La Mancha y por las casas de otras comunidades y ciudades autónomas, ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, así como sus gastos de funcionamiento y gestión ordinaria.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de subvención a percibir será igual al resultado de multiplicar los puntos de valoración obtenidos, conforme a los criterios de valoración del artículo anterior, por el gasto subvencionable aprobado, y con el límite máximo de 3.000,00 euros por beneficiario.

2. La cuantía de la subvención nunca superará el coste total de las actividades realizadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Para la línea de comunidades originarias, las comunidades originarias de Castilla-La Mancha, reconocidas por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de Comunidades Originarias de Castilla-La Mancha a fecha de publicación de esta Orden.

b) Para la línea de casas regionales, las asociaciones representativas de la actividad cultural de otras Comunidades Autónomas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha, tales como casas regionales u otras entidades análogas, legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro General de Asociaciones de Castilla-La Mancha a fecha de publicación de esta Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables:

a) Para la línea de comunidades originarias:

1º. Actividades de información, orientación y asesoramiento a emigrantes castellano-manchegos en los ámbitos legal, sociolaboral, educativo, cultural o de participación ciudadana, con el fin de mejorar las condiciones de integración en la región o en el país o comunidad en que residan.

2º. Actividades que tengan por objeto el conocimiento y mantenimiento de las raíces culturales de los emigrantes castellano-manchegos y que fomenten la relación de éstos entre sí, así como la convivencia entre éstos y la comunidad de acogida.

3º. Actividades dirigidas a facilitar a emigrantes castellano-manchegos residentes en el extranjero el contacto con la realidad regional y la comunicación con otros emigrantes de Castilla-La Mancha mediante la promoción del asociacionismo y el desarrollo de actividades de animación sociocultural.

4º. Gastos de funcionamiento y gestión ordinaria.

b) Para la línea de casas regionales:

1º. Actividades de información, orientación y asesoramiento a la población originaria de otras Comunidades Autónomas residentes en Castilla-La Mancha en los ámbitos legal, sociolaboral, educativo, cultural, de participación ciudadana, con el fin de mejorar las condiciones de integración en la región.

2º. Actividades que tengan por objeto el conocimiento y mantenimiento de las raíces culturales de otras Comunidades Autónomas en la región.

3º. Actividades dirigidas a facilitar a la población originaria de otras Comunidades Autónomas residentes en Castilla La Mancha el contacto con la realidad regional mediante la promoción del asociacionismo y el desarrollo de actividades de animación sociocultural.

4º. Gastos de funcionamiento y gestión ordinaria.

2. No serán objeto de subvención las actividades culturales de coros y danzas realizados en la propia sede de la comunidad originaria o casa regional.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social, circunstancia que deberá ser acreditada con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, en la forma prevista en esta Orden y la legislación concordante.

b) No incurrir el interesado o aquellos que ostenten la representación legal de la persona jurídica, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003 de 25 de noviembre del Consejo de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

c) No estar incursos en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) En su caso, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado, en
virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, en los términos previstos en la Orden de 26 de marzo de 2008, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de obligaciones relativas a la prevención de riesgos laborales, en materia de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 89
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/05/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 92
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento