Ayudas a través del Programa de Inversiones de Empresas Extranjeras en Actividades de I+D.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S20128/15

Norma:

Resolución de 17 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 26 de junio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas 2015 para la realización de actuaciones que permitan la promoción de la inversión de empresas de capital extranjero con alto componente innovador.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Exportación / Internacionalización
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio De Economía Y Competitividad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite máximo de ayuda por beneficiario para esta convocatoria es de 200.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas de capital extranjero cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica y que estén válidamente constituidas en el momento de la concesión. A los efectos de la presente convocatoria, se integran en particular en el concepto de empresa las sociedades mercantiles públicas y privadas, los entes públicos empresariales y los empresarios individuales.

b) Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se apoyará la inversión en plantas, equipos, recursos humanos y tecnología, con la finalidad de contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.

a) Por una parte, proyectos de I+D dirigidos a empresas de capital extranjero todavía no implantadas que deseen establecer en nuestro país un centro de I+D. Es decir, los denominados como proyectos «greenfield».

b) Por otra parte, proyectos de I+D dirigidos a empresas de capital extranjero ya implantadas siempre que atraigan nuevos proyectos de I+D corporativos a la filial establecida en España.

Las actividades objeto de ayuda deberán realizarse en una o varias de las Comunidades Autónomas, que atendiendo a las categorías establecidas en la reglamentación comunitaria, se indican a continuación:

– De la categoría de regiones «menos desarrolladas»: Extremadura.

– De la categoría de regiones «en transición»: Andalucía; Murcia; Castilla la Mancha; y Canarias.

– De la categoría de regiones «más desarrolladas»: Galicia y Comunidad Valenciana.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 100
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento