Ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos para las actuaciones de adecuación de local de archivo, equipamiento de local de archivo y microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos, correspondiente al ejercicio 2016.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S12264/15

Norma:

ORDEN 751/2015, de 20 de febrero. ORDEN 1431/2013, de 1 de abril. Orden 1621/2016, de 28 de abril. ORDEN 16/2017, de 11 de enero. Orden 492/2017, de 20 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de marzo de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

A) Adecuación de local de archivo: Obras.

B) Equipamiento de local de archivo:

— Mobiliario: Estantería tradicional y/o compacta de madera y planeros.

— Sistemas de seguridad: Alarmas, detectores y cámaras de vigilancia.

— Sistemas de control medioambiental: Sistema de medición de temperatura y humedad.

— Dispositivos para reproducción de documentos: Escáner, cámara fotográfica digital y equipos reproductores multifuncionales. Se excluyen las fotocopiadoras convencionales.

C) Microfilmación y digitalización: Copias en soporte microfilm y en soporte digital.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los municipios de la Comunidad de Madrid que cumplan los siguientes requisitos en función de la subvención solicitada:

A) Adecuación de local de archivo:

1. Municipios con población igual o superior a 10.000 habitantes: Deberán contar con personal técnico archivero (al menos, un responsable del servicio de archivo).

2. Municipios con población inferior a 10.000 habitantes: En el caso de no tener el personal técnico archivero exigido, la Secretaría debe asumir explícitamente la gestión del servicio de archivo.

3. En ambos casos el local propuesto para ser adecuado como archivo deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos.

B) Equipamiento de local de archivo:

1. El local que se pretende equipar deberá ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos.

2. En el caso de solicitar ayuda para dispositivos de reproducción de documentos, el Ayuntamiento deberá contar con personal técnico archivero (al menos un responsable del servicio de archivo).

C) Microfilmación y digitalización de fondos documentales históricos:

1. Los Ayuntamientos deberán tener personal técnico archivero (al menos un responsable del servicio de archivo).

2. Los Ayuntamientos tendrán que disponer de instalaciones adecuadas para la conservación y custodia de los documentos.

3. Los documentos que vayan a ser objeto de microfilmación y/o digitalización deberán disponer de un documento de control, cuyo contenido mínimo se especifica en el artículo siguiente.

Documentos asociados

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