Subvenciones a entidades de iniciativa social para la gestion del Programa de Apoyo a la Vida Independiente durante el año 2015.

Código de ayuda:

S05119/15

Norma:

Pamplona, 26 de enero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para la gestión de un Programa de Apoyo a la Vida Independiente, a entidades de iniciativa social dentro de la Comunidad Foral de Navarra para el ejercicio 2015.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será como máximo de 90.000 euros. La unidad gestora determinará que parte del presupuesto presentado es aceptado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El programa, dirigido a fomentar una vida autónoma e independiente, desarrollara las tareas necesarias en el proceso de elaboración de proyectos individuales de vida independiente y búsqueda y contratación de la figura del asistente personal a las personas participante.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente. En el caso de que la solicitud se presente por más de una entidad conjuntamente deberán estar inscritas en el registro todas ellas.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente referida en el punto 2.1 a) de esta base.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad, dependencia o en riesgo de estarlo, en el ámbito de servicios sociales y/o sociosanitarios.

e) Contar para el desarrollo de sus fines con financiación procedente de fondos propios y/o de otras subvenciones públicas o privadas.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos o, en su caso, haber llegado a un acuerdo con las citadas Administraciones para su pago aplazado o fraccionado.

g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 26
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento