Subvenciones a entidades y asociaciones sin animo de lucro, con el fin de impulsar proyectos que complementen las actuaciones de la Direccion General de Igualdad, Mujer y Juventud en materia de informacion, prevencion, atencion, sensibilizacion y formacion para la erradicacion de la violencia de genero, en el año 2015.

Código de ayuda:

S01564/15

Norma:

Orden PRE/53/2014, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convoca subvenciones para entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, con el objeto de impulsar proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad, Mujer y Juventud en materia de información, prevención, atención, sensibilización y formación para la erradicación de la violencia de género, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la subvención a percibir por cada proyecto o actuación se calculará dividiendo la cuantía del crédito autorizado entre el número de puntos obtenidos por todas las solicitudes valoradas, lo que dará el valor del punto, que habrá de multiplicarse posteriormente por la puntuación obtenida por cada proyecto.

2. El importe máximo de la subvención a percibir por cada entidad por el proyecto solicitado no podrá superar el 20% de la cuantía máxima a conceder en la convocatoria.

3. En todo caso, la cuantía a conceder estará limitada por la subvención solicitada por la entidad beneficiaria para cada proyecto o actuación presentada, no siendo preciso agotar la totalidad del crédito presupuestario disponible.

4. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el 100% del coste del proyecto subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que en el momento de la publicación de la presente orden habrán de cumplir los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Información y/o sensibilización en materia de violencia de género.

b) Prevención y/o atención de situaciones de violencia de género.

c) Formación en materia de violencia de género.

Requisitos:

a) Tener domicilio social o delegación en Cantabria.

b) Estar inscritas en el registro público correspondiente.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) No incurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de
Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

e) Incluir en sus estatutos fines y objetivos coincidentes con la finalidad de la presente
convocatoria de subvenciones.

f) Contar con experiencia de más de un año en el desarrollo y puesta en marcha de proyectos en materia de violencia de género, debiendo acreditarla de forma fehaciente por cualquier medio válido en derecho.

g) Contar con un local propio o compartido con otras entidades, en propiedad, alquilado o
cedido donde desarrolle las actividades, que no sea un domicilio particular.

Documentos asociados

Boletín: 12/01/2015
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 6
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento