Ayudas a la apicultura.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S01482/15

Norma:

ORDEN de 22 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva de las ayudas para el fomento de aquellas actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura y proceder a su convocatoria para el año 2015.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Aquellas personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas. Será requisito
para la obtención de estas ayudas estar inscrito en el registro oficial apícola de la comunidad
autónoma, al menos con anterioridad al primero de enero del año 2014. Además, los beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Cooperativas apícolas, organizaciones representativas y asociaciones de apicultores con personalidad jurídica propia, integradas en su mayoría por apicultores que cumplan los requisitos de la letra a).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Asistencia técnica a los apicultores. A esta línea sólo podrán optar las agrupaciones de apicultores.

b) Lucha contra la varroasis.

c) Racionalización de la trashumancia.

Requisitos:

a) Disponer de un seguro de responsabilidad civil.

b) Ser titulares de una explotación con más de 50 colmenas si solicitan ayuda para realizar la trashumancia.

c) Tener realizada la declaración censual anual referida al año 2014.

d) Realizar al menos un tratamiento al año frente a la varroasis, de acuerdo con lo establecido
en el Real decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel.

Documentos asociados

Boletín: 12/01/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 6
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento