Subvenciones a municipios de Castilla-La Mancha para la redaccion, revision y adaptacion del planeamiento general al Texto Refundido de la Ley de Ordenacion del Territorio y de la Actividad Urbanistica y se efectua su convocatoria para el ejercicio 2015.

Código de ayuda:

S55673/14

Norma:

Orden de 22/12/2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/11/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer con carácter indeinido las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, mediante el procedimiento simpliicado de concurrencia, a municipios de Castilla-La Mancha para la redacción, revisión y adaptación del planeamiento general municipal al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, así como efectuar su convocatoria para el ejercicio 2015.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Fomento (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía total máxima de la subvención se corresponderá con el 80% del gasto subvencionable, definido éste en los términos previstos en la base 6ª, y siempre que no se superen los importes que se establecen como límites en el apartado siguiente.

2. La cuantía total máxima de la subvención no podrá superar los límites que a continuación se relacionan, en función de las cifras de población de derecho que correspondan al municipio de acuerdo con los datos del Padrón Municipal de habitantes que se encuentre publicado por el Instituto Nacional de Estadística en el momento de publicación de la convocatoria:

a) En municipios de hasta 2.000 habitantes de derecho: 60.000 euros.

b) En municipios de 2.001 a 10.000 habitantes de derecho: 80.000 euros.

c) En municipios de más de 10.000 habitantes de derecho: 100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los municipios de Castilla-La Mancha que hayan concluido su planeamiento general mediante la aprobación definitiva y publicación del correspondiente Plan de Ordenación Municipal o Plan de Delimitación de Suelo Urbano.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los trabajos de redacción, revisión o adaptación del planeamiento general del municipio al Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, una vez aprobado definitivamente y publicado el correspondiente Plan.

El gasto subvencionable será el coste de los honorarios profesionales del equipo que haya llevado a cabo la redacción del planeamiento general municipal.

En la presente convocatoria, la actividad subvencionable deberá haberse concluido entre el 1 de enero de 2015 y el 15 de noviembre del mismo año.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario los municipios que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que sean de aplicación a los mismos.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 250
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 30/01/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 20
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento