Subvenciones para la participacion en la feria Who s Next Paris 2015, para la participacion agrupada en acciones de internacionalizacion para promover y consolidar la actividad exportadora de las empresas.

Código de ayuda:

S51428/14

Norma:

Resolución de 10/11/2014. Orden de 05/06/2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas para la participación agrupada de empresas expositoras de Castilla-La Mancha en “Who´s Next París 2015”, que se celebrará del 23 al 26 de enero de 2015 en París (Francia).

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio
  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Empleo y Economía (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se otorgará una ayuda a las empresas expositoras por la participación en la acción del 50% de los gastos justificados por los conceptos y con los importes máximos que se establecen a continuación:

Concepto de gasto Precio m2 (máximo 12 metros) Importe máximo de la ayuda (euros)

Alquiler de espacio expositivo 491,00€ 2.946,00€ Viaje de una persona 600€

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas del sector textil y calzado castellano-manchegas con producto propio exportable y que tengan el domicilio fiscal o establecimiento productivo o generador de servicios en Castilla-La Mancha, así como comercialización propia. Además, deben contar con un interés real en el mercado y tener una clara vocación de continuidad exportadora.

Tendrán la condición de beneficiario las empresas, las personas físicas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas, con o sin ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El viaje de una persona por cada empresa participante incluirá los gastos de desplazamiento (billete de avión/tren/barco ida y vuelta al país de destino, en clase turista) y el alojamiento (coste de habitación de hotel en régimen de alojamiento y desayuno y tasas obligatorias del país).

Requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal ó establecimiento productivo o generador de servicios en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias tanto con la administración estatal como con la autonómica y con la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.

e) No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con largo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los mismos conceptos, para el mismo proyecto o actuación.

f) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/11/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 223
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento