Subvenciones, en concurrencia no competitiva, para actuaciones de accion humanitaria de emergencia justificadas por la epidemia de ebola en Africa Occidental.

Código de ayuda:

S51300/14

Norma:

RESOLUCIóN de 10 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar, de conformidad con el artículo 24.1 de la Orden reguladora, una convocatoria extraordinaria de subvenciones para actuaciones de acción humanitaria de emergencia justificadas por la epidemia de ébola existente en África Occidental.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima que se concederá por ONGD y actuación será de doscientos mil euros (200.000 €). No obstante, cuando la entidad solicitante nunca haya sido beneficiaria de subvenciones en esta materia o en acción humanitaria de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía o de la AACID, sólo se le podrá subvencionar una actuación con un importe máximo de subvención de 80.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las ONGD deberán cumplir los requisitos establecidos en los apartados 1, 4 y 5 del artículo 3 de la Orden reguladora, y conforme al apartado 1.e) deberán cumplir y acreditar, junto con la solicitud, los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Zonas de actuación.

- Países: Guinea Conakry, Liberia y Sierra Leona.

- Particularmente:

• En cada país, las zonas directamente afectadas por la transmisión de la enfermedad por virus del ébola.

Las actuaciones versarán sobre:

- Intervenciones dirigidas a salvar vidas y al alivio del sufrimiento de las personas afectadas y en riesgo de contraer la enfermedad por virus del ébola, protegiendo sus derechos y garantizando su dignidad.

- Intervenciones que aborden la prevención directa y el control del brote epidémico, así como el tratamiento de la enfermedad:

• Se priorizarán las actuaciones médico - sanitarias dirigidas al tratamiento de pacientes de ébola, incluyendo la construcción, puesta en marcha y actuaciones en los centros de tratamiento de ébola así como la provisión de los materiales necesarios.

• La atención socio-sanitaria desde un enfoque integral y actuaciones dirigidas a la contención de la expansión del virus así como el apoyo a las autoridades sanitarias y a entidades locales en la lucha contra la enfermedad por el virus del ébola, incluyendo: centros comunitarios de atención al ébola, aislamiento, centros de tránsito, entierros dignos y seguros, sensibilización comunitaria, educación para la salud, formación de recursos humanos, derivación de casos a centros de tratamiento, apoyo psicosocial, atención y protección de la infancia, provisión de materiales y equipamientos sanitarios y apoyo logístico.

- Se prestará especial atención a la situación y necesidades específicas de mujeres, niñas y niños, así como de aquellos colectivos y personas que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad y a las actuaciones encaminadas a la incrementar la protección de mujeres, niñas y niños.

- Las intervenciones podrán incorporar, como complemento a las actividades asistenciales, actuaciones testimoniales y de incidencia sobre los efectos de la epidemia, en especial aquellas que contribuyan a visibilizar e influir sobre la situación de las mujeres, niñas y niños.

Requisitos:

a) Experiencia de trabajo en respuesta a grandes emergencias y /o actuación en la zona de conflicto.

Para su acreditación la entidad deberá aportar declaración responsable en la que se incluya el listado de su experiencia de trabajo en emergencias y/o zona de conflicto.

b) Capacidad operativa suficiente para la ejecución inmediata de la actuación en la zona, esto es:

b.1. Presencia actual o inminente en las zonas afectadas por la epidemia, realizando actuaciones relacionadas con la enfermedad por virus del ébola, y acceso probado a las zonas de intervención y a la población destinataria. Para su acreditación se deberá aportar declaración de la entidad solicitante en la que se explique el tipo de actuaciones que se están ejecutando y las condiciones de acceso a la zona y a la población destinataria.

En el caso de que la entidad solicitante se encuentre trabajando en la zona con contrapartes locales, deberá aportar convenios y/o declaración responsable en la que se indique la experiencia de la contraparte en la zona de intervención y su capacidad actual para responder a la emergencia.

b.2. Capacidad para la movilización de recursos humanos y materiales de emergencia. Para su
acreditación la entidad deberá aportar: i) declaración responsable en la que se detallen los recursos humanos y materiales disponibles con que cuenta la ONGD; ii) los planes específicos de protección del personal que atenderá la epidemia.

c) Especialización, experiencia y calidad contrastada en los sectores de actuación específicos propuestos, esto es, experiencia previa en los sectores de actuación priorizados en esta convocatoria. Para su acreditación la entidad deberá aportar: i) declaración responsable que incluya un listado de intervenciones realizadas en el sector o sectores de actuación de la intervención; ii) protocolos específicos aplicables al sector de actuación de que se trate (en su caso protocolos médicos, sanitarios y estándares establecidos por la OMS).

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2012
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/11/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 224
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento