Subvenciones publicas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en el ambito de colaboracion con instituciones sin animo de lucro, que contraten personas desempleadas para la prestacion de servicios de interes general y social.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S48755/14

Norma:

RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2014. Orden EYE/2300/2009, de 15 de diciembre. RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/10/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para el año 2015, en el ámbito de colaboración con Instituciones sin ánimo de lucro, que contraten personas desempleadas para la prestación de servicios de interés general y social, con la finalidad de favorecer su formación y práctica profesional.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención a percibir por las entidades beneficiarias será igual al resultado de multiplicar el número de personas desempleadas contratadas por el número de meses de duración del contrato y por el importe del módulo que le corresponda en función del grupo de cotización a la Seguridad Social de la persona contratada, conforme a lo establecido en el número 2 de este Resuelvo, todo ello con independencia de la retribución que finalmente se le abone.

La citada cuantía máxima se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, cuando los contratos se concierten a tiempo parcial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Instituciones sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes salariales de los contratos de trabajo formalizados para la prestación de servicios de interés general y social, siempre que:

a) Sean servicios que se presten en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León y, preferentemente, entre las actividades y ocupaciones que se determinan en la Resolución de 29 de septiembre de 2009, del Servicio Público de Empleo Estatal («B.O.E.» de 17 de octubre de 2009), por la que se publican las actividades y ocupaciones que se consideran prioritarias para la aprobación de proyectos de interés general y social de la Orden de 19 de diciembre de 1997.

b) Sean prestados en régimen de administración directa.

c) En su prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de personas desempleadas.

d) La duración de las contrataciones sea de, al menos, cuatro meses, para dar cumplimiento a la finalidad de las subvención.

e) La duración de los proyectos no supere los nueve meses desde la fecha de inicio de los mismos, que, en todo caso, se deberá efectuar dentro del ejercicio en que se aprueben, debiendo quedar finalizados no más tarde de los seis primeros meses del ejercicio siguiente. No obstante, con independencia de la duración del proyecto, sólo se considerarán subvencionables las contrataciones formalizadas entre el día siguiente a la publicación de esta resolución y el 30 de junio de 2015, ambos inclusive.

Requisitos:

a) Que se obliguen a la contratación de personas desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo, con las condiciones que se determinan en el Resuelvo Noveno de esta convocatoria, para la prestación de servicios calificados de interés general y social.

b) Tener la capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

En su caso, los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de ésta, tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable recogida en el Anexo III de esta resolución.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 244
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/10/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 204
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 06/10/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 194
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento