Subvenciones destinadas a la contratación temporal de personas desempleadas y de personas beneficiarias de renta garantizada de ciudadanía, por entidades sin ánimo de lucro, empresas de inserción y participadas, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en la Comunidad de Castilla y León.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S48391/14

Norma:

ORDEN EYE/354/2015, de 24 de abril. RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2015. Resolución de 18 de mayo de 2016. Orden EMP/379/2016, de 4 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de junio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, la contratación temporal de beneficiarios de Renta Garantizada de Ciudadanía y de personas desempleadas, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.- El importe de la subvención por cada contrato a jornada completa, de duración igual o superior a 6 meses, es de 10.000 €, con independencia del salario que legal o convencionalmente le corresponda percibir al trabajador.

2.- Teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y para garantizar un mayor número y diversidad de entidades beneficiarias se establece un importe máximo de 150.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Entidades sin ánimo de lucro pertenecientes a la Red de Protección a las Familias de Castilla y León afectados por la crisis.

b) Empresas de inserción y aquellas otras participadas por entidades sin ánimo de lucro pertenecientes a la Red de Protección a las Familias de Castilla y León afectadas por la crisis en el 100% de su capital social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación temporal de beneficiarios de Renta Garantizada de Ciudadanía y desempleados, por entidades sin ánimo de lucro, empresas de inserción y participadas, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades y empresas en quienes concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, ni las que mantengan deudas o sanciones de naturaleza tributaria, en período ejecutivo, con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida, siendo suficiente la aportación de una declaración responsable para su acreditación.

Tampoco podrán ser beneficiarias las entidades y empresas solicitantes que no acrediten la observancia o la exención de la obligación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o en su caso, la no sujeción a dicha obligación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre.

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