Linea de financiacion con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernizacion de las Infraestructuras Turisticas (Fomit) para el año 2015 en el ambito territorial de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S46619/14

Norma:

Orden de 22/09/2014. Real Decreto 937/2010, de 23 de julio. Orden de 21/12/2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de enero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectuar la convocatoria de la línea de préstamos bonificados a las Administraciones Locales y las empresas turísticas de Castilla-La Mancha, con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (Fomit), correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, por el que se regula el Fondo Financiero del Estado para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Los préstamos que tengan como beneficiarios a las entidades referidas en el artículo 4.1.a) podrán alcanzar un importe del 100 por ciento de la inversión neta financiable, con un límite máximo de 6 millones de euros y un mínimo de 300.000 euros por beneficiario y año.

2. Los préstamos que tengan como beneficiarias a las empresas turísticas privadas contempladas en el artículo 4.1.b), podrán alcanzar un importe de hasta un millón de euros, siempre que el importe del préstamo a conceder no exceda de la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, así como los organismos autónomos locales, las entidades públicas empresariales locales y las sociedades mercantiles locales.

b) Las empresas turísticas privadas cualquiera que sea la forma en que hubieran sido constituidas legalmente que cumplan los siguientes requisitos:

1º. Desarrollar su actividad principal en destinos turísticos maduros del territorio de Castilla-La Mancha.

2º. Tener domicilio fiscal en territorio de Castilla-La Mancha.

3º. Que los establecimientos beneficiarios del proyecto estén inscritos en el Registro general de empresas y establecimientos turísticos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ampliación, reparación, renovación, sustitución, o remodelación de equipamientos.

b) Inversiones dirigidas a recuperar la calidad ambiental y paisajística de los destinos y a reducir la densidad urbanística de las zonas turísticas o que faciliten la modernización de los destinos turísticos.

Requisitos:

En todo caso, serán requisitos indispensables para alcanzar la condición de beneficiario de un préstamo con cargo al Fomit, no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y acreditar ante el órgano concedente que cumple con todos los requisitos y autorizaciones legales sobre endeudamiento público establecidos en el ordenamiento jurídico vigente.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 179
Documento: Real Decreto 937/2010, de 23 de julio. Descargar Documento
Boletín: 03/10/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 191
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 29/12/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 252
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento