Subvenciones para la realizacion de proyectos de ayuda de emergencia humanitaria para la poblacion palestina en Gaza.

Código de ayuda:

S42246/14

Norma:

ORDEN FORAL 501/2014, de 6 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/08/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones con la finalidad de financiar acciones de ayuda de emergencia humanitaria para la población palestina en la franja de Gaza que contribuyan a cubrir las necesidades básicas, garantizar la supervivencia y aliviar el sufrimiento de las personas afectadas por la situación de conflicto.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima concedida será de 26.286,00 euros.

Los costes indirectos no podrán ser superiores al 10% del coste total de la intervención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones de ayuda de emergencia humanitaria para la población palestina en la franja de Gaza que contribuyan a cubrir las necesidades básicas, garantizar la supervivencia y aliviar el sufrimiento de las personas afectadas por la situación de conflicto.

Requisitos:

a) Ser personas jurídicas de naturaleza privada, legalmente constituidas e inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

b) Tener su sede social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Tener estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos.

d) Acreditar experiencia específica en acciones de cooperación internacional y/o de ayuda humanitaria y de emergencia en Gaza.

e) No podrán obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 21/08/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 163
Documento: Bases y Convocatoria. Descargar Documento