Subvenciones a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional, en el marco de los servicios de ajuste de personal y social de los Centros Especiales de Empleo.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S38891/14

Norma:

Resolución de 15 de julio de 2014. REAL DECRETO 469/2006, de 21 de abril. Resolución de 10 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 22 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar los costes laborales y de seguridad social del ejercicio 2015, derivados de la contratación indefinida de los trabajadores y las trabajadoras de las UUA a la Actividad Profesional en los CEE, que se ubiquen en el ámbito exclusivo de gestión del SCE.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Industria y Comercio (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones a las que se puede acceder, en función de los requisitos y condiciones
exigidos por las normas son:

- Subvención de 1.200 euros anuales por cada trabajador/a con el tipo y grado de discapacidad
indicados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 469/2006, de 21 de abril (discapacidad severa), contratado/a a fecha de la solicitud de subvención por tiempo indefinido o mediante contrato laboral temporal de duración igual o superior a seis meses.

La subvención de 1.200 euros se reducirá proporcionalmente en función de la duración de los contratos laborales de los trabajadores/as con discapacidad a los que se refiere el apartado anterior, así como en función de la duración de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.

Estas subvenciones se concederán previa solicitud por parte del CEE tramitada de acuerdo con el procedimiento establecido.

La plantilla de los CEE deberá estar constituida, como mínimo por el 70 por 100 de trabajadores/as con discapacidad respecto del total de la misma. A estos efectos no se contemplará el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las entidades titulares de los CEE y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia y cumplan con los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes laborales y de Seguridad Social de los trabajadores/as que componen las Unidades de Apoyo, que sean efectivamente abonados en el año 2015.

Requisitos:

a) Que los CEE figuren inscritos como tales en el Registro correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo.

b) Que formen parte de la plantilla de los CEE trabajadores/as con el siguiente tipo de discapacidad y grado de minusvalía (discapacidad severa):

- Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.

- Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%.

c) Cumplir con los requisitos que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 96
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/07/2014
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 146
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 22/04/2015
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 76
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento