Subvenciones para la puesta en práctica de programas de acompañamiento para el empleo.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S34337/14

Norma:

Resolución de 3 de julio de 2014. Resolución de 6 de agosto de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/08/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a entidades sin fines de lucro, que desarrollen programas de acompañamiento para el empleo con la finalidad de conseguir la inserción de las personas desempleadas inscritas en las oficinas del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el desarrollo de los programas de acompañamiento para el empleo previstos en la presente resolución, la financiación total se determinará en la Resolución de concesión de las subvenciones, en función del número de personas a atender y objetivos previstos de inserción, sin que la cantidad a percibir pueda ser superior a 1.260 euros por persona atendida y 3.780 euros por persona atendida e insertada en el mercado de trabajo. En ningún caso, teniendo en cuenta ambos parámetros, podrá percibirse una cantidad superior a 1.680 euros de promedio por persona objeto del programa. Las cantidades por persona atendida o insertada se determinarán, con los límites señalados anteriormente, en la resolución de concesión.

En cualquier caso, la subvención no podrá exceder de los gastos justificados a que se refiere el apartado decimocuarta de estas bases, ni del resultado de multiplicar 1.680 euros por el número de personas en situación de desempleo que han sido objeto de atención en los respectivos programas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en el desarrollo de programas de acompañamiento para el empleo, y que dispongan de autorización para actuar como agencias de colocación con centro de trabajo abierto en Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programas de acompañamiento para personas desempleadas, preferentemente perceptoras de prestaciones.

Con carácter general, al menos el 60 por ciento de las personas beneficiarias de las acciones que configuren estos programas de acompañamiento para el empleo deberán ser perceptoras de prestaciones o subsidios por desempleo. Dicho porcentaje será menor si el número de personas beneficiarias de prestaciones o subsidios, inscritas como demandantes de empleo en el ámbito de actuación en el que vaya a desarrollarse el programa, no alcanzara el citado porcentaje.

2. Programas de acompañamiento para personas desempleadas admitidas al programa de la renta activa de inserción.

Asimismo, se considerará programa de acompañamiento el que se desarrolle en los términos descritos en la base primera, cuando todas las personas participantes en el mismo sean desempleadas previamente admitidas al programa de la renta activa de inserción, todo ello según lo establecido en la disposición reguladora del citado programa.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 157
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/08/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 187
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento