Programa de incentivos para promover la afiliación a la Seguridad Social de las mujeres cotitulares o titulares de explotaciones agrarias, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S30791/14

Norma:

ORDEN de 13 de junio 2014.

Plazo de Solicitud:

Consultar según fecha de afiliación a la Seguridad Social.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras del Programa de incentivos para promover la afiliación a la Seguridad Social de las mujeres cotitulares y titulares de explotaciones agrarias de Galicia, con la finalidad de promover la creación del empleo y la mejora laboral en el campo gallego, facilitando mediante incentivos su alta en la Seguridad Social y proceder a su convocatoria para el año 2014.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de la ayuda será de 3.000 euros por persona beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

1. Mujeres incorporadas al régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos a través del sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que su incorporación se produzca a partir del 1 de octubre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014.

b) Tener cincuenta o menos años de edad en la fecha de dicha incorporación.

c) Que sean cónyuges o descendientes de la persona titular de la explotación agraria, siempre que éste esté dado de alta en los citados régimen y sistema especiales.

d) Que sean beneficiarias de la reducción del 30 por cien de las cuotas a la Seguridad Social establecida en la disposición adicional primera de la Ley 18/2007, modificada y ampliada por la Ley 35/2011, de 4 de octubre.

2. Mujeres de cincuenta o menos años de edad en la fecha de alta en la Seguridad Social incorporadas a partir del 1 de octubre de 2013 y hasta el 30 de septiembre de 2014 al régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos a través del sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios, titulares de explotaciones agrarias en los siguientes supuestos:

a) Que accedan a la titularidad de una explotación agraria en funcionamiento que les hubiese sido atribuida tras un proceso de separación o divorcio.

b) Que accedan a la titularidad de una explotación agraria tras el fallecimiento, jubilación o incapacidad reconocida de su cónyuge, descendientes o ascendientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado incluido.

c) Mujeres que se incorporen a una explotación familiar en marcha, cuando su cónyuge cause baja en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios del régimen especial
de trabajadores por cuenta propia o autónomos, por dedicarse a otra actividad y mientras éste permanezca en situación de alta en otro régimen o sistema de la Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La afiliación a la Seguridad Social de las mujeres cotitulares o titulares de explotaciones agrarias.

Requisitos:

Serán requisitos para poder acceder a la condición de beneficiario de las ayudas establecidas en esta orden que no hubiesen estado de alta en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios del régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, en los 6 meses inmediatamente anteriores al mes de su alta en el sistema especial, ni hubiesen percibido subvenciones al amparo de este programa de incentivos en anteriores convocatorias.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 119
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento