Ayudas a la constitución y funcionamiento de las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S26191/14Norma:
ORDEN de 27 de mayo de 2014. ORDEN de 27 de mayo de 2015Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/07/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las normas para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia de la concesión de ayudas para agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura y se establecen medidas de apoyo a su constitución y a su funcionamiento.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería del Medio Rural (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El importe de las ayudas concedidas a las agrupaciones para los cinco años posteriores a la fecha de su reconocimiento será, en el primer año, el coste total de los gastos de constitución y funcionamiento administrativo que hayan sido justificados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En los años siguientes el importe será el coste total de los gastos mencionados anteriormente, con el límite del 80 % en el segundo año, del 60 % en el tercero, del 40 % en el cuarto y del 20 % en el quinto año. Asimismo, el importe de la ayuda tampoco podrá exceder el 5 % del valor de las ventas de cada anualidad respectiva.En ningún caso la ayuda concedida a una agrupación de productores podrá superar el límite de 400.000 euros en un período de 5 años posteriores a la fecha del reconocimiento.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura reconocidas como tales por la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo de lo dispuesto en el Real decreto 233/2002, de 1 de marzo, y demás disposiciones que lo desarrollen.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos destinados a la constitución y funcionamiento de la agrupación y se podrán incluir, entre otros, el alquiler de locales apropiados, la adquisición de material de oficina, incluidos ordenadores y programas informáticos, los costes del personal administrativo, los costes generales y los gastos legales y administrativos.Documentos asociados
Boletín:
06/06/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
08/06/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento