Ayudas a la constitución y funcionamiento de las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S26191/14

Norma:

ORDEN de 27 de mayo de 2014. ORDEN de 27 de mayo de 2015

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia de la concesión de ayudas para agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura y se establecen medidas de apoyo a su constitución y a su funcionamiento.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El importe de las ayudas concedidas a las agrupaciones para los cinco años posteriores a la fecha de su reconocimiento será, en el primer año, el coste total de los gastos de constitución y funcionamiento administrativo que hayan sido justificados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En los años siguientes el importe será el coste total de los gastos mencionados anteriormente, con el límite del 80 % en el segundo año, del 60 % en el tercero, del 40 % en el cuarto y del 20 % en el quinto año. Asimismo, el importe de la ayuda tampoco podrá exceder el 5 % del valor de las ventas de cada anualidad respectiva.

En ningún caso la ayuda concedida a una agrupación de productores podrá superar el límite de 400.000 euros en un período de 5 años posteriores a la fecha del reconocimiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura reconocidas como tales por la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo de lo dispuesto en el Real decreto 233/2002, de 1 de marzo, y demás disposiciones que lo desarrollen.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos destinados a la constitución y funcionamiento de la agrupación y se podrán incluir, entre otros, el alquiler de locales apropiados, la adquisición de material de oficina, incluidos ordenadores y programas informáticos, los costes del personal administrativo, los costes generales y los gastos legales y administrativos.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 08/06/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 106
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento