Ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de Galicia.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S13391/14

Norma:

ORDEN de 27 de marzo de 2014.

Plazo de Solicitud:

La formalización de la declaración del seguro se considerará solicitud de ayuda.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios incluidos en el Plan de seguros agrarios combinados para el ejercicio 2014 y convocarlas para el mismo año, al amparo de lo previsto en el Decreto 332/1995, de 27 de diciembre, por el que se establecen en la Comunidad Autónoma gallega ayudas para el fomento de la contratación de los seguros agrarios.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar anexos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los asegurados titulares de explotaciones agrarias situadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y siempre que suscriban pólizas de seguros de líneas agrícolas del plan 2014 y líneas ganaderas de los planes 2013 y 2014, formalizadas en el 2014, y cumplan lo establecido en el Decreto 332/1995 y en la presente orden. También podrán ser beneficiarios de las ayudas otorgadas en esta orden los titulares de explotaciones de piscifactorías de truchas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Para todas las líneas, incluidas las del seguro creciente, excepto las de los seguros de retirada de cadáveres, un porcentaje sobre la ayuda a la contratación que les conceda Enesa, que será variable según las líneas, en la cuantía que se especifica en el anexo.

b) Para las líneas de los seguros de retirada de cadáveres correspondientes a los seguros de cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales bovinos muertos en las explotaciones y gastos derivados de la destrucción de animales no bovinos muertos en las explotaciones, incluidas las modalidades de renovables, un porcentaje sobre el coste neto del seguro especificado en el anexo.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 68
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 16/04/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 74
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento