Subvenciones para la realizacion de proyectos de investigacion del patrimonio arqueologico y paleontologico de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S13237/14

Norma:

Orden de 01/04/2014. Orden de 19/06/2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/07/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases y convocar subvenciones para la investigación del patrimonio arqueológico y paleontológico en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las Universidades españolas.

b) Las Fundaciones de Universidades españolas que, entre sus fines y actividades, desarrollen investigación en materia de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural.

c) Los Organismos Públicos de Investigación reconocidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

d) Los Ayuntamientos para la realización de proyectos de investigación en bienes del patrimonio cultural ubicados en su término municipal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Intervenciones de excavación en yacimientos arqueológicos o paleontológicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) La realización de estudios de materiales referidos a yacimientos que hayan sido objeto de intervenciones arqueológicas financiadas por la Dirección General competente en materia de patrimonio cultural en los últimos 10 años desde la fecha publicación de esta Orden.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social.

b) No estar incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad a lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha.

c) No estar incursos en algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, en el caso de entidades obligadas por la normativa de prevención de riesgos laborales, y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

e) No haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, en materia de protección del patrimonio cultural.

f) Cuando el proyecto de investigación prevea actuaciones en propiedades ajenas será necesaria autorización del titular de los bienes.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 67
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 25/06/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 123
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento