Modificación de la ayuda - Pagos directos a la agricultura y a la ganaderia y de las ayudas al desarrollo rural para la utilizacion sostenible de las tierras agricolas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S06773/14

Norma:

ORDEN de 18 de febrero de 2014. ORDEN de 22 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular los elementos y procedimientos para la aplicación de determinados regímenes de ayuda comunitarios, así como las solicitudes de los/las agricultores/as de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los/las agricultores/as.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Pagos directos a la agricultura y a la ganadería.

1. Los procedimientos para la gestión de derechos del régimen del pago único (RPU),en el marco del Real decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, que comprende:

a) La solicitud de derechos de la reserva nacional.

b) Las comunicaciones de cesión de derechos.

2. El procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión a los/las titulares de explotaciones agrarias de los siguientes regímenes de ayuda comunitarios para el año 2014,en el marco del Real decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir de 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería:

a) Pago único para los/las titulares de derechos según lo establecido en el artículo 3.1 del Real decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas en el mismo a partir del año 2010, de acuerdo con el capítulo II del título II de esta orden.

b) Regímenes de ayuda por ganado vacuno contenidos en el capítulo III del título II (Prima por vaca nodriza).

c) Ayudas específicas a los/las productores/as por aplicación del artículo 68 del Reglamento
(CE) nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero, contenidas en el capítulo IV del título II.

3. Asimismo, esta orden regula la aplicación en Galicia del sistema integrado de gestión
y control de determinados regímenes de ayuda comunitarios, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero, y con el Reglamento (CE) nº 1122/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre.

2. Ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrarias.

En el marco del eje 2 para la mejora del medio ambiente y del medio rural del Programa de desarrollo rural de Galicia para el período 2007-2013 se regula en el título III de esta orden
la solicitud, tramitación y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de la indemnización compensatoria de zonas de montaña y otras zonas con dificultades, distintas de las de montaña, conforme a los artículos 36 letra a), incisos i) y ii) y 37, del Reglamento (CE) nº 1698/2005, así como a los artículos 17 a 20 del Reglamento (CE) nº 1257/1999.

También se establece en relación con el Sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (Sigpac) el tipo, plazo, lugar y procedimiento para la presentación de las
alegaciones y solicitudes de modificaciones de cierta información contenida en él.

Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el Real decreto 486/2009, de 3 de abril, por el que se establecen los requisitos legales y de gestión y las buenas condiciones agrarias y ambientales que deben cumplir los/las agricultores/as que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los/las beneficiarios/as de determinadas ayudas de desarrollo rural y los/las agricultores/as que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque de viñedo, se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deberán cumplir los/las solicitantes de las ayudas con relación a la condicionalidad, así como el sistema de control y aplicación de reducciones y exclusiones.

Documentos asociados

Boletín: 24/02/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 02/05/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 83
Documento: Modificación Descargar Documento