Subvenciones destinadas a entidades sin animo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiacion de proyectos de caracter asistencial en favor de personas afectadas por el VIH/Sida.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S43219/13

Norma:

ORDEN 973/2013, de 14 de noviembre. ORDEN 1012/2014, de 11 de noviembre. ORDEN 352/2016, de 3 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para el año 2014 para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos asistenciales dirigidos a personas afectadas por el VIH/SIDA, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro, que organicen o tengan en marcha proyectos de carácter asistencial, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid y destinados exclusivamente al desarrollo de las actividades asistenciales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Atención y asistencia domiciliaria: apoyo y acompañamiento domiciliario de tipo psicosocial, apoyo a la continuidad de tratamientos y a su relación con los centros asistenciales, desarrollado con personal voluntario o mediante la asistencia a domicilio con auxiliares de hogar.

b) Alojamiento y acogida (casa de acogida, pisos tutelados, viviendas comunitarias o centros de día): apoyo y acompañamiento de tipo psicosocial, apoyo a la continuidad de tratamientos y a su relación con los centros asistenciales.

Requisitos:

Para ser beneficiarias de estas subvenciones, las entidades solicitantes deberán tener como fines constitutivos la realización de actividades propias del objeto al que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Orden. Deberán contar, además, con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.

Las entidades solicitantes deberán estar debidamente inscritas en cualquier Registro gestionado por entidades u organismos públicos de ámbito nacional, autonómico o local.

Documentos asociados

Boletín: 25/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 280
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 05/12/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 290
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 13/05/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 113
Documento: Modificación Bases Descargar Documento