Subvenciones destinadas a entidades sin animo de lucro de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la financiacion de proyectos de caracter asistencial en favor de personas afectadas por el VIH/Sida.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S43219/13Norma:
ORDEN 973/2013, de 14 de noviembre. ORDEN 1012/2014, de 11 de noviembre. ORDEN 352/2016, de 3 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/12/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria para el año 2014 para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos asistenciales dirigidos a personas afectadas por el VIH/SIDA, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones no gubernamentales, asociaciones o fundaciones, sin ánimo de lucro, que organicen o tengan en marcha proyectos de carácter asistencial, realizados dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid y destinados exclusivamente al desarrollo de las actividades asistenciales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Atención y asistencia domiciliaria: apoyo y acompañamiento domiciliario de tipo psicosocial, apoyo a la continuidad de tratamientos y a su relación con los centros asistenciales, desarrollado con personal voluntario o mediante la asistencia a domicilio con auxiliares de hogar.b) Alojamiento y acogida (casa de acogida, pisos tutelados, viviendas comunitarias o centros de día): apoyo y acompañamiento de tipo psicosocial, apoyo a la continuidad de tratamientos y a su relación con los centros asistenciales.
Requisitos:
Para ser beneficiarias de estas subvenciones, las entidades solicitantes deberán tener como fines constitutivos la realización de actividades propias del objeto al que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Orden. Deberán contar, además, con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.Las entidades solicitantes deberán estar debidamente inscritas en cualquier Registro gestionado por entidades u organismos públicos de ámbito nacional, autonómico o local.
Documentos asociados
Boletín:
25/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 280
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
05/12/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 290
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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Boletín:
13/05/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 113
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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