Subvenciones para proyectos al desarrollo y microacciones en el exterior.

Código de ayuda:

S05982/13

Norma:

ORDEN PRE/130/2013, de 6 de marzo. ORDEN PRE/182/2013, de 25 de marzo. ORDEN PRE/1086/2013, de 18 de diciembre. ORDEN PRE/1020/2014, de 21 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2015, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a organizaciones no gubernamentales de desarrollo, en adelante ONGD, para colaborar en la financiación de proyectos de desarrollo y microacciones en el exterior que mejoren las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de la población de los países empobrecidos, garantizando la sostenibilidad económica, social e institucional de las intervenciones, en el marco de las ayudas económicas no reembolsables.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de la Presidencia (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. En el caso de proyectos de desarrollo las subvenciones otorgadas no podrán superar el 80% del presupuesto total del proyecto, sin que en ningún caso este porcentaje pueda exceder de la cuantía de 200.000 €.

2. En el caso de microacciones en el exterior las subvenciones otorgadas no podrán superar el 90% del presupuesto total del proyecto, ni exceder de la cuantía de 45.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, constituidas como agentes de cooperación al desarrollo de conformidad con el artículo 22 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo, que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de proyectos de desarrollo y microacciones en el exterior, dirigidos a mejorar las condiciones de vida y el desarrollo sostenible de la población de los países empobrecidos.

Requisitos:

a) Ser entidades privadas, legalmente constituidas y sin ánimo de lucro.

b) Gozar de plena capacidad jurídica y de obrar y disponer de una estructura susceptible de garantizar el cumplimiento de sus fines.

c) No tener relaciones de dependencia, ni directa ni indirecta, de instituciones públicas, sean autonómicas, estatales o internacionales.

d) Establecer expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentra la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación al desarrollo.

e) Disponer de sede o delegación permanente en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León antes de la publicación de la convocatoria. Se entenderá como delegación aquella que cuente con personal contratado o voluntario y local adecuado donde realizar sus actividades, con domicilio social en Castilla y León diferente del particular de sus miembros.

f) Figurar inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León regulado en el Decreto 46/2008, de 26 de junio, y en su normativa de desarrollo.

g) No incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 11/03/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 48
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/03/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 60
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 20/12/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 244
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 20/02/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 28/11/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 230
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