Subvenciones para la financiacion de proyectos y actividades de promocion y fomento del voluntariado en Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S40673/12

Norma:

Orden de 30/10/2012. Resolución de 11/03/2013. Resolución de 26/09/2014. Orden de 16/06/2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de julio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, con carácter indefinido, las bases reguladoras y efectuar la convocatoria de subvenciones para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas sin fin de lucro (en adelante entidades), para la realización de proyectos y actividades voluntarias en los ámbitos de la sensibilización, promoción, apoyo y coordinación, así como el impulso y fomento del voluntariado entre los ciudadanos de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima a conceder por la Consejería competente en materia de servicios sociales para la financiación de proyectos y actividades objeto de esta convocatoria podrá ser de hasta el cien por ciento del coste total del proyecto a desarrollar, siempre que no supere la cantidad de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin fin de lucro (entidades) que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de proyectos de promoción y fomento del voluntariado a realizar en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, siendo el objetivo de estos proyectos sensibilizar y educar a la sociedad fomentando la participación ciudadana, afianzando el desarrollo de éste sector, con el fin de despertar y fomentar el espíritu solidario de los ciudadanos de la región y motivar así un cambio de actitudes y un mayor compromiso social.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de Entidades de Voluntariado de la Consejería competente en materia de servicios sociales.

b) Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.

c) Tener como fines institucionales la realización de actividades destinadas a la promoción y fomento del voluntariado en Castilla-La Mancha.

d) Tener un ámbito de actuación referido al territorio de más de una provincia. Excepcionalmente, podrán tomarse en consideración aquellos proyectos presentados por entidades que no cumplan este requisito, teniendo en cuenta su especial incidencia en la promoción, fomento o consolidación de la acción voluntaria en términos de presencia territorial, sector de actuación y equidad.

e) Carecer de finalidad lucrativa.

f) Tener su domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha., o en todo caso, disponer y acreditar documentalmente la existencia de sede en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a estos efectos se entiende por
sede la presencia de estructura organizativa y administrativa de la entidad desde la que desarrolle su relación con la Consejería competente en materia de servicios sociales. La entidad solicitante asume la responsabilidad directa de la presentación de la solicitud y se compromete al mantenimiento de la contabilidad, documentación y gestión del proyecto en su oficina de la Comunidad Autónoma, abriendo una cuenta bancaria específica en la misma.

La Consejería competente en materia de Servicios Sociales podrá tomar en consideración proyectos presentados por entidades que no cumplan el requisito sobre domicilio fiscal, teniendo en cuenta su especial incidencia en la promoción, fomento o consolidación de la acción voluntaria por razón de la población beneficiaria o de las características técnicas del proyecto.

g) Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas de la Consejería competente para fines análogos.

h) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

i) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

j) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que determina el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

k) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

l) No encontrarse la persona que ejerza la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

m) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales conforme a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 06/11/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 216
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/03/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 60
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Boletín: 08/04/2013
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Boletín: 03/10/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 191
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Boletín: 26/06/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 124
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