Subvenciones para la realizacion de programas de intervencion temprana a menores con trastornos en el desarrollo o riesgo de padecerlos.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S35519/11

Norma:

ORDEN de 26 de mayo de 2011. Resolucion de 22 de junio de 2011. RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2012. Resolución de 3 de junio de 2013. Resolución de 24 de junio de 2014. RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2014. Resolución de 6 de agosto de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio económico de 2015 subvenciones para la financiación de programas de intervención Temprana a menores con trastornos en el desarrollo o con riesgo de padecerlos, por el procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en la orden de 26 de mayo de 2011.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Salud y Familias (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El 90% de la cuantía total máxima destinada a esta línea de subvención se distribuirá atendiendo al número de plazas totales. El 10% restante se distribuirá en función de los criterios de valoración establecidos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro y con capacidad jurídica, que lleven a cabo programas de Intervención Temprana a menores de seis años con trastornos en el desarrollo o con riesgo de padecerlos que previamente hayan sido valorados por el pediatra de Atención Primaria del Sistema Sanitario Público de Andalucía, y que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas que lleven a cabo intervenciones en menores de seis años sobre las siguientes áreas:

a) Motora.

b) Cognitiva.

c) Comunicación.

d) Social.

e) Familia y entorno.

Requisitos:

a) Tener su ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Estar integrada en el Sistema de Información de Atención Temprana de la Consejería de Salud o haberlo solicitado.

c) Que el centro en el que se ejecuta el programa cumple las obligaciones sobre autorización y registro de centros y establecimientos sanitarios, de conformidad con lo que se establece en el Decreto 69/2008, de 26 de febrero, por el que se establecen los procedimientos de las autorizaciones sanitarias
y se crea el registro andaluz de centros, servicios y establecimientos sanitarios, y/o el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de las entidades, servicios y centros de servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Documentos asociados

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