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Ayudas para la renovacion del parque nacional de tractores y para el fomento de la utilizacion de nuevas tecnologias en maquinaria y equipos agrarios. Convocatoria 2010.
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Ficheros disponibles para esta subvención
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Nombre de boletín: |
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SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
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Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. |
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Nombre de boletín: |
Número |
Fecha |
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SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
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| Tipo de documento: |
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Real Decreto 457/2010 |
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Resumen de la subvención
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S42373/10
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Norma:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Objeto:
a) La renovación del parque regional de tractores y máquinas agrícolas automotrices, mediante el achatarramiento de las unidades más antiguas y su sustitución por nuevos tractores y nuevas máquinas que al estar equipadas con modernas tecnologías, mejoran las condiciones de trabajo, tienen una mayor efi ciencia energética y producen un menor impacto ambiental.
b) La difusión de nuevas tecnologías, mediante ayudas para la adquisición, por parte de sociaciones de agricultores, de máquinas y equipos agrarios que supongan una innovación tecnológica en una zona geográfica determinada y que contribuyan a mejorar los actuales sistemas de producción, al ahorro energético, a la conservación del medio ambiente o a mejorar las condiciones de trabajo de los agricultores.
Se establecen las siguientes líneas de ayuda:
1. Ayudas a la renovación del parque nacional de tractores, de máquinas agrícolas autopropulsadas y de determinados tipos de máquinas arrastradas.
2. Ayudas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.
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Convoca: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Gestiona: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Fechas
de Solicitud:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Beneficiario/s:
Línea 1:
Titulares de explotaciones agrarias, las personas físicas o jurídicas cuya actividad principal sea la prestación de servicios agrarios, siempre que estén inscritas en los correspondientes registros o censos oficiales y las cooperativas agrarias, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, las cooperativas de trabajo asociado cuya actividad principal sea la agraria y las sociedades agrarias de transformación (SAT), inscritas en los correspondientes registros ofi ciales, que achatarren tractores o máquinas automotrices antiguas y las sustituyan indistintamente por nuevos tractores o nuevas máquinas.
Línea 2:
a) Las sociedades cooperativas del ámbito agrario y sus agrupaciones o uniones, y las sociedades agrarias de transformación.
b) Las agrupaciones de sanidad vegetal (ASV) y las agrupaciones de defensa sanitaria (ADS), solamente para maquinaria y equipos propios de sus actividades específi cas, siempre que coincidan con los objetivos expresados en el artículo primero de la Orden.
c) Otras agrupaciones agrarias sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias, en el que se establezcan unas normas de funcionamiento y de utilización de las máquinas o equipos auxiliados. En casos excepcionales debidamente justifi cados por las características del equipo a subvencionar, que principalmente tendrán relación con la dispersión de las explotaciones, este número mínimo podrá reducirse hasta tres.
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Acciones Subvencionables: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Período de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Cuantía:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Requisitos:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Localización
del Beneficiario:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Localización
de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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