¿LE GUSTARÍA VER LOS DATOS COMPLETOS DE LA SUBVENCIÓN? Regístrese gratuitamente durante 15 días o Contrate nuestro servicio por un 1 año
 |  |  |
 |
Ayudas al transporte como medisa "anticrisis".
|
 |
 |  |  |
Ficheros disponibles para esta subvención
 |
 |
 |
 |
|
Nombre de boletín: |
Número |
Fecha |
|
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
|
| Tipo de documento: |
|
Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. |
 |
|
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
|
Nombre de boletín: |
Número |
Fecha |
|
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
|
| Tipo de documento: |
|
Modificación de Bases y Plazo de Solicitud. |
 |
|
 |
 |
 |
 |
Resumen de la subvención
 |
 |
 |
 |
|
S37282/10
|
Norma:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Objeto:
Contribuir a mejorar la seguridad de los vehículos y a reducir el impacto de la crisis en el sector del transporte, tener un impacto medioambiental positivo y repercutir en el mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas dedicadas a la reparación de vehículos y de fabricación de piezas.
|
 |
Convoca: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Gestiona: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Fechas
de Solicitud:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Beneficiario/s:
1. Las personas físicas, mayores de edad y residentes en Navarra.
Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos deberán presentar copia del DNI o NIE y, en el caso de que el DNI o NIE no refleje el domicilio en Navarra, además certificado de empadronamiento en el que conste que reside en Navarra con fecha anterior a 1 de enero de 2010.
2. Los profesionales autónomos que ejerzan su actividad en Navarra, lo que se acreditará mediante la presentación de copia del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o, en el caso de no habérsele girado ningún recibo, justificante de hallarse dado de alta en el Registro del citado Impuesto.
3. Las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMEs) que ejerzan su actividad en Navarra, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que ocupen a menos de 250 personas.
b) Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
c) Que no participe o esté participada por otras empresas en la medida de lo dispuesto en el Anexo 1 del Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008.
|
 |
Acciones Subvencionables: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Período de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Cuantía:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Requisitos:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Localización
del Beneficiario:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Localización
de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
|
|
|
 |
 |
 |
 |
|
|
  |
|

|