Subvenciones en materia de mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S24855/10

Norma:

ORDEN de 8 de abril de 2010. Reglamento (CE) nº 800/2008. ORDEN de 25 de mayo de 2010. ORDEN de 3 de noviembre de 2010. DECRETO 2/2007, de 16 de enero. ORDEN de 9 de marzo de 2012. ORDEN de 22 de marzo de 2013. ORDEN de 12 de febrero de 2014. Decreto136/2013, de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones para el año 2014, destinadas a apoyar las acciones tendentes a mejorar la comercialización de productos agroalimentarios, de acuerdo con lo establecido en el Decreto136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente y en la Orden de 8 de abril de 2010, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios (en lo sucesivo, orden de bases reguladoras); y en el Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las actividades indicadas en las letras a) y b) del artículo 2.1 la intensidad de la subvención no podrá superar el 50% de los gastos subvencionables.

Las actividades previstas en el artículo 2.1 c) tendrán la intensidad máxima de la ayuda que les corresponda conforme a lo que determinan los apartados 2 y 3 del artículo 39 del Reglamento (CE) nº 800/2008 de la Comisión, sin que, en ningún caso, pueda superarse el 80% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las industrias agroalimentarias.

b) Los elaboradores que transformen sus productos amparados por figuras de calidad diferenciada,
a través de una industria agroalimentaria.

c) Las agrupaciones y asociaciones de comercialización o transformación que dispongan de personalidad jurídica, sin ánimo de lucro.

d) Los consejos reguladores de las denominaciones geográficas de calidad, u otras entidades con personalidad jurídica que sean órganos de gestión de otras figuras de calidad diferenciada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los servicios de consultoría que tengan por objeto actividades relacionadas con la transformación y comercialización de productos agrarios que formen parte de un plan de empresa y, en particular, los siguientes:

1.º Los estudios de logística en el aprovisionamiento y distribución, estudios de investigación de mercados y planes de marketing.

2.º Las asesorías de gestión y/o comerciales.

3.º Las auditorias de calidad y elaboración de manuales de calidad y catálogos de productos.

4.º Los estudios y asesorías para el fomento y consolidación de la normalización, tipificación y mejora de la calidad.

5.º La puesta en marcha de planes estratégicos tendentes a facilitar la salida de los productos de calidad diferenciada a los mercados.

6.º Los estudios y propuestas sobre el diseño de envases y etiquetas de productos con calidad diferenciada.

7.º Los estudios y asesorías para facilitar la promoción comercial en el sector de la distribución de los productos de calidad diferenciada.

8.º Otras asistencias, estudios y propuestas para la más eficaz difusión y conocimiento de los productos de calidad diferenciada.

b) La primera participación de una empresa en cualquier feria o exposición comercial, para la mejora de la comercialización de los productos amparados por figuras de calidad diferenciada.

c) La formación profesional de los trabajadores de empresas mayoristas del sector agroalimentario.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8 y 9 del Decreto 2/2007, de 16 de enero.

Documentos asociados

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