¿LE GUSTARÍA VER LOS DATOS COMPLETOS DE LA SUBVENCIÓN? Regístrese gratuitamente durante 15 días o Contrate nuestro servicio por un 1 año
 |  |  |
 |
Subvenciones en materia de compra vegetal en favor de agricultores.
|
 |
 |  |  |
Ficheros disponibles para esta subvención
 |
 |
 |
 |
|
Nombre de boletín: |
Número |
Fecha |
|
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
|
| Tipo de documento: |
|
Bases, Convocatoria 2010 y Anexos |
 |
|
 |
 |
 |
 |
Resumen de la subvención
 |
 |
 |
 |
|
S17819/10
|
Norma:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Objeto:
Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para 2010, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a la compra de material vegetal de reproducción de categoría certificada que se realice tras la aplicación de las medidas fitosanitarias adoptadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la erradicación y control de los organismos nocivos incluidos en los anexos i y ii del real Decreto 58/2005, de 21 de enero, que no estén aún presentes en el territorio nacional, así
como los no enumerados en dichos anexos, cuya presencia sea desconocida hasta la fecha en el territorio español y que se estima representan un peligro inminente para la unión europea, según lo fijado en el artículo 14, punto 1, de la Ley 43/2002 y en el artículo 16, punto 2, del real Decreto 58/2005.
|
 |
Convoca: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Gestiona: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Fechas
de Solicitud:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Beneficiario/s:
Los productores primarios (agricultores), según se fija en el apartado V.b.4. ayudas destinadas a la lucha contra enfermedades animales y vegetales, punto (131) de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013 (2006/C 319/01), que dispongan de vegetales, productos vegetales o plantaciones, radicados en territorio de Cantabria, cuyos productos resulten afectados por resoluciones de la Dirección General de Desarrollo rural dictadas en ejercicio de las competencias en materia de sanidad vegetal, en las que concurran alguno de los siguientes supuestos:
a) se declare la contaminación por los organismos nocivos expresados en el artículo 1.
b) se declare la no contaminación de los vegetales previamente inmovilizados por sospecha de contaminación por los organismos nocivos citados en el artículo 1, siempre que como consecuencia de dicha inmovilización se hubiesen producido daños en las partidas inmovilizadas, que puedan ser comprobados por los servicios técnicos de la Consejería de Desarrollo rural, Ganadería, Pesca y biodiversidad.
|
 |
Acciones Subvencionables: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Período de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Cuantía:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Requisitos:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Localización
del Beneficiario:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Localización
de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
|
|
|
 |
 |
 |
 |
|
|
  |
|

|