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jueves, 9 de febrero del 2012
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Subvenciones destinadas a la cooperación internacional.

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Resumen de la subvención


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S71500/09

Norma:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

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Objeto:
Establecer las normas básicas reguladoras de las subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas a financiar acciones de cooperación internacional para el desarrollo.

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Convoca: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

Gestiona: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

Fechas de Solicitud:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Beneficiario/s:
1. Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y otras entidades privadas sin ánimo de lucro españolas:

a) Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y carecer de fin de lucro, aspectos que deben estar debidamente recogidos en sus estatutos; asimismo, estarán debidamente constituidas.

b) Inscripción en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando se trate de personas jurídicas sin ánimo de lucro, asociativas o fundacionales.

c) Tener como objeto expreso en sus estatutos, o entre sus fines institucionales, la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación para el desarrollo.

d) En el caso de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, disponer de sede central o delegación en la Comunidad Autónoma de Extremadura. A estos efectos, se entenderá por delegación aquélla que cuente en Extremadura con personal permanente de la organización, voluntario y/o contratado.

e) Disponer en la Comunidad Autónoma de Extremadura de los medios suficientes para garantizar el cumplimento de los objetivos del proyecto subvencionado.

f) Acreditar una experiencia de, como mínimo, dos años en actividades de cooperación al desarrollo.

g) Haber justificado íntegramente, en tiempo y forma, los gastos y los pagos correspondientes a las subvenciones concedidas por la Junta de Extremadura para estos fines en ejercicios anteriores.

h) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y las tributarias con la Hacienda estatal y autonómica.

2. Las Administraciones Públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro de los países beneficiarios:

a) Tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y estar legalmente constituidas.

b)Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa para lograr los objetivos propuestos en la intervención presentada.

c) Haber justificado íntegramente, en tiempo y forma, los gastos y los pagos correspondientes a las subvenciones concedidas por la Junta de Extremadura para estos fines en ejercicios anteriores.

d) Las entidades que no tengan residencia fiscal en el territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente de su país de residencia.

e) Las entidades privadas han de acreditar una experiencia de, como mínimo, dos años en actividades de cooperación al desarrollo.

3. Las Administraciones Públicas españolas (local, autonómica o estatal), otras personas jurídicas de derecho público y los organismos internacionales:

a) Haber justificado íntegramente, en tiempo y forma, los gastos y los pagos correspondientes a las subvenciones concedidas por la Junta de Extremadura para estos fines en ejercicios anteriores.

b) Las entidades que no tengan residencia fiscal en el territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente de su país de residencia.

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Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Período de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

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Cuantía:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

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Requisitos:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

pxLocalización del Beneficiario:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

Localización de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

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