¿LE GUSTARÍA VER LOS DATOS COMPLETOS DE LA SUBVENCIÓN? Regístrese gratuitamente durante 15 días o Contrate nuestro servicio por un 1 año
 |  |  |
 |
Subvenciones con objeto de financiar programas de inversión empresarial.
|
 |
 |  |  |
Ficheros disponibles para esta subvención
 |
 |
 |
 |
|
Nombre de boletín: |
Número |
Fecha |
|
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
|
| Tipo de documento: |
|
Convocatoria 2009, Bases y Anexos. |
 |
|
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
|
Nombre de boletín: |
Número |
Fecha |
|
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
|
| Tipo de documento: |
|
Modificación |
 |
|
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
 |
|
Nombre de boletín: |
Número |
Fecha |
|
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
|
| Tipo de documento: |
|
Modicación del plazo de presentación de solicitudes. |
 |
|
 |
 |
 |
 |
Resumen de la subvención
 |
 |
 |
 |
|
S55400/09
|
Norma:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Objeto:
Financiación subsidiada para facilitar el acceso a la financiación en las inversiones de las microempresas, de los emprendedores, y de las pymes que mejoren su competitividad:
Línea 1-Microempresas: créditos para financiar inversiones en las microempresas gallegas.
Línea 2-PYME Joven: créditos para financiar inversiones en proyectos emprendedores gallegos.
Línea 3-PYME Competitiva: créditos para financiar inversiones que permitan mejorar la competitividad de las pymes gallegas.
|
 |
Convoca: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Gestiona: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Fechas
de Solicitud:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Beneficiario/s:
Podrán acceder a las líneas de financiación previstas en estas bases:
Línea 1-Microempresas: aquellas empresas con domicilio fiscal en Galicia, que tengan la consideración de microempresas, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento 800/2008 (DOCE L/214, del 9 de agosto) por el que se declaran determinadas categorías
de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), y que tengan algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Línea 2-PYME Joven: aquellas pequeñas y medianas empresas según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del citado Reglamento 800/2008, que ejerzan o tengan intención de ejercer su actividad económica en Galicia, sea en forma de persona física o cualquier forma de
persona jurídica de objeto empresarial y que, además, no vengan desarrollando la misma actividad para la que solicita la financiación en un plazo superior a dos años a contar desde la fecha de presentación en el Igape, directamente o mediante su participación en el capital de otra sociedad que desarrollase la misma actividad.
Línea 3-PYME Competitiva: aquellas pequeñas y medianas empresas según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del mencionado Reglamento 800/2008, que vengan ejerciendo en Galicia por un período superior a dos años alguna de las actividades recogidas en el anexo II de estas bases, sea en forma de persona física o cualquier forma de persona jurídica de objeto empresarial.
|
 |
Acciones Subvencionables: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Período de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Cuantía:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
 |
Requisitos:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Localización
del Beneficiario:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
Localización
de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
|
|
|
|
 |
 |
 |
 |
|
|
  |
|

|