Ayudas para la creacion y el sostenimiento de las empresas de insercion.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S41346/09

Norma:

ORDEN de 4 de mayo de 2009. ORDEN de 30 de abril de 2010. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de junio de 2011. RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2012. RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2013. RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2013. RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2014. RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para el año 2015 de las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las empresas de inserción podrán acceder a una subvención por puesto de trabajo creado y mantenido, con un importe anual de doce mil trescientos (12.300) euros.

Las empresas de inserción podrán acceder a una subvención para la creación y el mantenimiento
de puestos de trabajo destinados a técnicos d e acompañamientoa la producción. Esta subvención tendrá un importe anual de mil ochocientos euros (1.800) por puesto de trabajo creado y mantenido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades promotoras privadas sin ánimo de lucro a las que se refiere el artículo 7 del Decreto 182/2008, de 11 de noviembre, por el que se regula la calificación de empresas de inserción, se establece el procedimiento de acceso a las mismas y su registro.

b) Las entidades locales.

c) Las agencias de desarrollo local o comarcal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Las ayudas destinadas a la creación de empresas de inserción consistirán en subvenciones para la realización de estudios de mercado que contemplen la viabilidad de su creación.

2.– La concesión de esta subvención obliga a la entidad beneficiaria a realizar el estudio de mercado dentro del ejercicio presupuestario en el que se concede y, si resulta viable el proyecto, a crear la empresa de inserción en el plazo de un año a contar desde la fecha de finalización del estudio de mercado.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 98
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Boletín: 11/05/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 86
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Boletín: 14/07/2011
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Boletín: 26/07/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 145
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Boletín: 17/05/2013
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BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 58
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Boletín: 19/01/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 11
Documento: Modificación distribución presupuestaria Descargar Documento