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Subvenciones destinadas a la mejora de la produccion y comercializacion de los productos de la apicultura para el año 2010.
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Ficheros disponibles para esta subvención
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SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
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Convocatoria 2009 y Anexos |
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Nombre de boletín: |
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SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
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Decreto 2/2007 |
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Nombre de boletín: |
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SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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- SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
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| Tipo de documento: |
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Convocatoria 2010 y Anexos |
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Resumen de la subvención
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S09228/09
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Norma:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Objeto:
Convocar subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura para el año 2010, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2/2007, de 16 de enero, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura y alimentación, y en las bases reguladoras específicas previstas en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y en la Orden de 2 de abril de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, que completa las bases reguladoras
de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo de 1999 (en adelante la Orden de 2 de abril de 2007).
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Convoca: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Gestiona: SOLO
PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Fechas
de Solicitud:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Beneficiario/s:
a) Las cooperativas apícolas, las Agrupaciones de Defensa Sanitaria (en adelante A.D.S.) y demás entidades representativas del sector con personalidad jurídica propia.
b) Las A.D.S. en el caso de los gastos derivados de la promoción de dichas asociaciones, y las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola en los casos de gastos ocasionados por la compra de material apícola, que suponga una mejora en el desarrollo del programa sanitario antivarroa.
c) Las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola, excepto en los casos de gastos ocasionados por los programas de creación de una red de alerta sanitaria, en los que serán las A.D.S. las beneficiarias de la subvención.
d) Las entidades titulares de laboratorios, que efectúen o puedan efectuar análisis de las características físico-químicas de la miel, así como las cooperativas apícolas, A.D.S. y demás entidades representativas del sector con personalidad jurídica propia, y las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola, en los gastos por la contratación de servicios de análisis de miel y otros productos apícolas.
e) Las A.D.S.
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Acciones Subvencionables: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Período de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Cuantía:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Requisitos:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Localización
del Beneficiario:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Localización
de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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