Ayudas, incentivos para apoyar la internacionalización de la moda catalana - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S32473/08

Norma:

RESOLUCION IUE/1315/2008, de 16 de abril. RESOLUCION IUE/522/2009, de 12 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Hacer pública la convocatoria, para el año 2009, para la concesión de incentivos para apoyar la internacionalización de la moda catalana.

Dar publicidad a las bases del programa que regirán esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Resolución.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1:
El porcentaje máximo del incentivo es de hasta el 50% de los gastos con un máximo de hasta 60.000 euros por temporada para la participación en las pasarelas de moda internacionales de París, Milán, Londres y Nueva York, y hasta 40.000 euros por temporada para la participación en otras pasarelas de moda internacional, siempre que no disfruten de otra ayuda pública por el mismo evento, con un tope máximo de 120.000 euros por empresa.
Hasta 20.000 euros de apoyo para las empresas que disfruten de otra ayuda pública para el mismo evento. En este caso, los conceptos subvencionables no podrán ser subvencionados por otra ayuda pública.
Estos incentivos se otorgarán por un máximo de cinco temporadas para la asistencia a una misma pasarela.

Línea 2:
El porcentaje máximo del incentivo es de hasta el 50% de los gastos con un máximo de hasta 7.500 euros por showroom y con un máximo anual de hasta 15.000 euros por empresa y se otorgará por un máximo de cinco temporadas para la asistencia a un showroom internacional del mismo país.
Estos incentivos son incompatibles con las ayudas que se otorguen para la participación en el showroom colectivo que se celebra en París, de manera que las empresas que participen en el showroom de París no se podrán acoger a esta línea de incentivos.

Línea 3:
El importe máximo del incentivo será de hasta 100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Línea 1:
Pueden ser beneficiarias de esta línea de incentivos las empresas de diseño de moda establecidas en Cataluña que sean seleccionadas por los diferentes organismos gestores de las pasarelas.

Línea 2:
Pueden ser beneficiarias de esta línea de incentivos las empresas de diseño de moda establecidas en Cataluña con un mínimo de dos colecciones comercializadas.

Línea 3:
Pueden ser beneficiarias de esta línea de incentivos los colectivos de diseñadores/as independientes con domicilio social en Cataluña que quieran abrir conjuntamente una tienda en el extranjero. Esta tienda propia independiente tendrá que tener una imagen corporativa única con nombre identificativo de Cataluña o Barcelona del tipo “Fashion BCN”, “Fashion CAT” o similar.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Dar apoyo público al fomento, la promoción y la internacionalización de la moda y el diseño de Cataluña.

Líneas de incentivos:

Línea 1. Participación en pasarelas internacionales:
Son incentivables los gastos derivados de la participación en las pasarelas de moda internacionales de París, Milán, Londres y Nueva York, siguientes:
- Desplazamiento al destino.
- Alojamiento.
- Transporte y seguro de la colección.
- Producción del desfile.
- Promoción del desfile.
Excepcionalmente, se podrán conceder incentivos para la participación en otras pasarelas de moda internacionales, cuando sea de especial transcendencia para las empresas y así mismo lo motiven en su solicitud.

Línea 2. Participación en showrooms internacionales:
Son incentivables los gastos derivados de la participación individual de la empresa en un showrooms internacional temporal siguientes:
- Desplazamiento al destino.
- Alojamiento.
- Transporte y seguro de la colección.
- Alquiler del espacio donde se realice el showroom.
- Promoción de la participación en el showroom.

Línea 3. Apertura de tiendas colectivas en el exterior:
Son subvencionables los gastos derivados de la apertura de tiendas en el exterior, siguientes:
- Realización de hasta tres viajes de prospección de nuevos mercados.
- Estudios de viabilidad de localización del establecimiento.
- Gastos de apertura del punto de venta, en el caso de la viabilidad del proyecto, excepto los gastos de compra, alquiler o traspaso del local y los gastos de personal.

Documentos asociados

Boletín: 05/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5124
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 04/03/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 5331
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento