Subvenciones a empresas editoriales para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas correspondientes al año 2008.

Código de ayuda:

S32455/08

Norma:

RESOLUCIÓN CMC/1848/2008, de 28 de mayo. RESOLUCION CMC/1328/2008, de 17 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones de la Institución de las Letras Catalanas a empresas editoriales para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas.

Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases aprobadas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas de 13 de febrero de 2008, publicadas en el DOGC núm. 5124, de 5.5.2008, y por la normativa general de subvenciones.

La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 100.800 euros, distribuidos de la siguiente manera: un importe máximo de 70.560 euros con cargo a la posición presupuestaria D/470000100/4420 del presupuesto del año 2008, y un máximo de 30.240 euros con cargo al presupuesto del año 2009.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad destinada a cada subvención se establece según el interés y la valoración de la propuesta, de acuerdo con los criterios que se citan en la base 6 de este Acuerdo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estas subvenciones las empresas editoriales con sede social en Cataluña, así como las empresas editoriales que, domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, dispongan de un establecimiento permanente en Cataluña, que tengan en proyecto llevar a cabo alguna de las actividades que prevé la base 1.

También podrán optar a las subvenciones las empresas editoriales que tengan sede social en cualquier estado de la Unión Europea, siempre que el proyecto tenga incidencia en Cataluña o en Era Val d’Aran respectivamente, con acreditación de distribución y comercialización.

No pueden obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las empresas editoriales en las cuales se de alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Dado que la actividad de traducción es una actividad de creación literaria, el encargo se puede efectuar al traductor o a la traductora que se considere conveniente por razones técnicas, de calidad, de prestigio, etc. No obstante, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 387/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, cuando el importe del contrato para efectuar la traducción supere
la cantidad de 12.000 euros, la persona interesada debe solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes traductores/as, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio (excepto si por las características especiales de los gastos subvencionables, esto no sea posible, o que el gasto se haya efectuado antes de la solicitud de la subvención), y justificar los motivos de la elección si la
oferta elegida no es la más ventajosa económicamente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de esta línea de subvenciones es dar apoyo a propuestas de traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas, cuya publicación, en forma de libro o cualquier otro soporte de edición, se debe realizar entre el 1 de enero del año de la convocatoria y el 30 de septiembre del año siguiente.

Quedan excluidas las traducciones que una vez publicadas no tengan un mínimo de 105.000 espacios en total, con excepción de los libros de poesía y de las obras infantiles y de teatro. También quedan excluidas las traducciones de obras originales en lengua castellana de autores españoles, que son objeto de una ayuda del Ministerio de Cultura (ayudas para el fomento de la traducción y la edición entre lenguas oficiales españolas de obras de autores españoles).

Quedan excluidas las traducciones para cuya realización se ha acordado con el/la traductor/a un importe inferior a 10,50 euros por página.

No pueden obtener la subvención los proyectos que ya hayan sido subvencionados en base a esta línea de subvenciones el año anterior.

Documentos asociados

Boletín: 05/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5124
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/06/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5153
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento