Premios estatales al voluntariado social y su Convocatoria para el año 2007.

Código de ayuda:

S63319/07

Norma:

ORDEN TAS/2793/2007, de 26 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/10/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se crean los Premios Estatales al Voluntariado Social, para galardonar a las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se hayan distinguido de modo extraordinario en la promoción del voluntariado social, o en la ejecución de actividades o programas sociales a favor de los colectivos desfavorecidos, a través del ejercicio o gestión del voluntariado.

Se concederá un único Premio en cada una de las siguientes modalidades:

a). Individual, para las personas físicas.
b). Colectiva, para las personas jurídicas.

Además de los anteriores galardones, también podrá concederse un premio especial y/o mención honorífica por cada modalidad.

Los premios se convocarán anualmente, mediante resolución de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, conforme a las bases que figuran en el anexo I de la presente orden.

En cualquiera de sus dos categorías y modalidades establecidas, los premios consistirán en una medalla alegórica de la solidaridad voluntaria, y en un certificado o diploma de reconocimiento.
Los premios especiales y/o las menciones honoríficas consistirán en un certificado o diploma de reconocimiento.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser destinatarias de los premios, en la modalidad individual, las personas voluntarias, nacionales o extranjeras, que desarrollen su actividad solidaria en el seno de entidades sociales de carácter no
lucrativo, así como aquellas otras personas que, desde puestos de responsabilidad en dichas entidades, se hayan distinguido por su sobresaliente labor en la promoción o gestión del voluntariado social.

En cuanto a la modalidad colectiva, podrá premiarse a las entidades sociales que, de manera continuada y eficaz, vengan desarrollando en territorio español proyectos sociales en los que el componente voluntario
asuma un especial protagonismo, así como a las entidades cuyo cometido principal lo constituya la promoción del voluntariado social.

Podrán concurrir a los premios las personas físicas o jurídicas comprendidas en la base anterior. También podrán presentar candidaturas, a favor de terceros, cualesquiera otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

La Dirección General de Inclusión Social y/o la Comisión de Valoración de los Premios, podrán presentar de oficio, para su incorporación al concurso, las candidaturas de terceros que, por su relevancia y mérito
estimen convenientes.

Documentos asociados

Boletín: 28/09/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 233
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento