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miércoles, 7 de enero del 2009
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Subvenciones para el fomento de la innovacion y el desarrollo empresarial en Andalucia, se efectua su convocatoria para los años 2007 a 2009 - Modificación 2008.

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Ficheros disponibles para esta subvención


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Documento tipo PDF Nombre de boletín: Número Fecha
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS - SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
Tipo de documento:
Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos descargar documento
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Documento tipo PDF Nombre de boletín: Número Fecha
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS - SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS -
Tipo de documento:
Modificación descargar documento
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Resumen de la subvención


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S41173/07

Norma:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

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Objeto:
Establecer las bases por las que se regirán los incentivos a conceder por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a las empresas, para la innovación y el desarrollo empresarial, en particular su creación
y su modernización, la cooperación competitiva entre las mismas, la investigación, desarrollo e innovación empresarial así como su convocatoria para los ejercicios 2007, 2008 y 2009.

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Convoca: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

Gestiona: SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

Fechas de Solicitud:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Beneficiario/s:
Los beneficiarios serán, con carácter general, las empresas, especialmente las PYMEs, que no estando expresamente excluidas en esta Orden, tengan establecimiento operativo en Andalucía, o vayan a proveerse de él mediante el proyecto que presentan al amparo de la presente Orden. Se entenderá por PYMEs las empresas que empleen a menos de 250 personas, y cuyo volumen de negocios anual no exceda
de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros, así como que cumplan el criterio de independencia, tal como se define en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124,
20 de mayo 2003). También podrán ser beneficiarios las agrupaciones o asociaciones de empresas y las fundaciones que tengan relación con el ámbito empresarial.

Para la determinación del beneficiario se tendrán en cuenta las directrices sectoriales específicas y demás normas y criterios de la Unión Europea sobre sectores considerados sensibles, así como la naturaleza de los fondos que financienlos incentivos.

Quedan expresamente excluidas de esta Orden las sociedades civiles, comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas físicas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión del incentivo.

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Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS
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Período de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

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Cuantía:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

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Requisitos:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

pxLocalización del Beneficiario:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

Localización de Acciones Subvencionables:
SOLO PARA USUARIOS REGISTRADOS

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